SRT actualizó valor de referencia para multas riesgos del trabajo
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La SRT actualizó el valor MOPRE para las multas de riesgos del trabajo desde agosto de 2026

El nuevo valor resulta aplicable desde el 1 de agosto de 2026 y surge de calcular el 22% del Haber Mínimo Garantizado establecido por la ANSES para ese mes.

Redacción BDC05/08/2026
Mediante Disposición (GCP) 3/2022 se establece que el valor de la suma fija será de $ 133,00.- para el devengado del mes de julio de 2022.
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La SRT actualizó el valor MOPRE para las multas de riesgos del trabajo desde agosto de 2026

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo fijó en $ 92.350,70 el importe correspondiente al Módulo Previsional utilizado como unidad de referencia para las sanciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo actualizó a $ 92.350,70 el valor del Módulo Previsional utilizado para determinar las multas aplicables a los Empleadores Autoasegurados, las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y las compañías de seguros de retiro por incumplimientos a las obligaciones a su cargo.

La actualización fue formalizada mediante la Resolución (SRT) 36/2026, publicada el 5 de agosto en el Boletín Oficial, y tiene efectos desde el 1 de agosto de 2026.

El importe constituye la unidad de referencia para las sanciones contempladas en el artículo 32, apartado 1, de la Ley 24.557. Esa disposición prevé multas de entre 20 y 2.000 unidades cuando los incumplimientos de los sujetos alcanzados no configuren un delito más severamente penado.

La unidad utilizada originalmente por la Ley de Riesgos del Trabajo era el Aporte Medio Previsional Obligatorio, denominado AMPO. Posteriormente, el Decreto de Necesidad y Urgencia 833/1997 sustituyó esa referencia por el Módulo Previsional, conocido como MOPRE.

La normativa vigente determina que el valor del MOPRE equivale al 22% del Haber Mínimo Garantizado. Esa relación fue establecida por el artículo 15 del Decreto 1.694/2009, conforme al mecanismo de sustitución previsto por la Ley 26.417.

Para agosto de 2026, la ANSES fijó el Haber Mínimo Garantizado en $ 419.775,93 mediante la Resolución 232/2026. Sobre ese monto, la SRT aplicó la equivalencia del 22%, de la que resulta el nuevo valor de $ 92.350,70.

La actualización del haber mínimo respondió a la movilidad previsional correspondiente a agosto, determinada en el 1,89% de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor Nacional utilizada para actualizar mensualmente las prestaciones previsionales.

La SRT debe publicar el nuevo importe de referencia cada vez que la ANSES modifica el Haber Mínimo Garantizado. De esta manera, la base empleada para calcular las multas del sistema de riesgos del trabajo se ajusta de manera automática a las actualizaciones previsionales.

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