Nueva tabla de valuación de automotores para Bienes Personales
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Actualizan las valuaciones de automotores y motos utilizadas para aranceles registrales y Bienes Personales

Los valores de la tabla también tienen incidencia tributaria, ya que la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales los establece como importe mínimo para valuar los automotores alcanzados por el gravamen al 31 de diciembre de cada año.

Redacción BDC05/08/2026
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Actualizan las valuaciones de automotores y motos utilizadas para aranceles registrales y Bienes Personales

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios reemplazó la tabla de valores utilizada para determinar los aranceles de inscripción inicial y transferencia de automotores y motovehículos.

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios aprobó una nueva Tabla de Valuación de los Automotores y Motovehículos para calcular los aranceles aplicables a los trámites de inscripción inicial y transferencia.

La actualización fue formalizada mediante la Disposición 160/2026, publicada este miércoles 5 de agosto en el Boletín Oficial, aunque su vigencia fue fijada a partir del 1° de agosto de 2026.

La tabla reemplaza los valores aprobados por la Disposición 947/2025, dictada el 29 de diciembre de 2025. Las valuaciones funcionan como referencia para determinar los importes que deben percibir los Registros Seccionales cuando se inscribe por primera vez o se transfiere un automotor o motovehículo.

La actualización también resulta relevante para la liquidación del Impuesto sobre los Bienes Personales. El artículo 22, inciso b), de la Ley 23.966 dispone que los automotores patentados o registrados en el país deben valuarse sobre la base de su costo de adquisición o valor de ingreso al patrimonio, con las amortizaciones correspondientes. Sin embargo, el importe declarado al 31 de diciembre no puede ser inferior al valor indicado en la tabla elaborada por la Dirección Nacional de los Registros del Automotor que se encuentre vigente en esa fecha.

En consecuencia, para la declaración jurada del período fiscal 2026 deberá considerarse la tabla que se encuentre vigente al 31 de diciembre de 2026. La actualización aprobada desde agosto podrá incidir en esa determinación, aunque podría ser reemplazada por nuevas tablas antes del cierre del período fiscal.

La comparación debe efectuarse entre el valor residual impositivo del vehículo —determinado a partir del costo de adquisición menos las amortizaciones computables— y el valor de referencia registral vigente al cierre del año. Cuando este último resulte superior, deberá utilizarse como valuación mínima en Bienes Personales. Esta regla se aplica mientras el vehículo conserve valor impositivo luego del cómputo de su vida útil.

Para confeccionar la nueva tabla registral se aplicó el procedimiento establecido por la Disposición DI-2016-509-APN-DNRNPACP#MJ, posteriormente modificada por la Disposición DI-2020-165-APN-DNRNPACP#MJ. Ese mecanismo contempla la intervención de las áreas de Control de Inscripciones y Servicios Informáticos de la Dirección Nacional.

El procedimiento exige confrontar la tabla vigente con valores proporcionados por organismos públicos y por entidades que agrupan a comerciantes habitualistas y fabricantes. En esta oportunidad se consideraron las tablas publicadas mensualmente por la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (A.C.A.R.A.) y la Cámara del Comercio Automotor (C.C.A.).

La disposición también establece el procedimiento aplicable cuando el modelo y año de un vehículo no se encuentre expresamente valuado. En esos casos, el Registro Seccional interviniente deberá adicionar un 8% al valor establecido para el año inmediato anterior.

Cuando tampoco exista una valuación correspondiente al año anterior, deberán aplicarse las reglas previstas en la Resolución M.J. y D.H. 314/2002 y sus modificatorias, que regula los aranceles percibidos por los Registros Seccionales.

La nueva tabla de valuaciones puede consultarse aquí.

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