La Secretaría de Minería aprobó un nuevo procedimiento digital para que las empresas inscriptas en el Régimen de Inversiones Mineras importen bienes de capital, equipos, repuestos e insumos con las exenciones aduaneras previstas por la Ley 24.196.
La Resolución 73/2026, publicada este 1 de septiembre, reemplaza el esquema de autorizaciones previas por declaraciones juradas digitales. El trámite se integrará con la plataforma TAD, la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino y el Sistema Informático Malvina.
La norma también aprueba un listado de posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur para bienes de capital, equipos especiales, partes, componentes, repuestos, accesorios e insumos que podrán ingresar con el beneficio.
El procedimiento no comenzará a aplicarse de manera inmediata. Regirá para los trámites que se inicien una vez que se adecúe la plataforma TAD y la Dirección General de Aduanas de ARCA dicte las normas necesarias para integrar las declaraciones juradas con el Sistema Malvina.
Cómo será el nuevo procedimiento de importación minera
Los beneficiarios deberán presentar una declaración jurada de destino minero por cada operación de importación. Cada presentación podrá incluir hasta treinta ítems e identificará al solicitante, el proyecto minero, los bienes, las posiciones arancelarias, la modalidad de la operación y el estado de las mercaderías.
La Dirección de Inversiones Mineras verificará la inscripción del beneficiario, el proyecto declarado y el cumplimiento de los requisitos. Si la declaración resulta admisible, será remitida a Aduana mediante VUCEA para su validación en el Sistema Malvina.
Una vez validada, el importador podrá oficializar las destinaciones definitivas hasta agotar las cantidades declaradas. La vigencia de la autorización dependerá de que el beneficiario mantenga activa su inscripción y no esté suspendido del régimen.
El beneficio comprende bienes nuevos, usados o reacondicionados incluidos en el listado oficial y destinados exclusivamente a la actividad minera. Las partes, repuestos y accesorios deberán ser nuevos.
La regulación contempla además operaciones mediante leasing, almacenamiento provisorio para prestadores de servicios mineros, traslado de bienes entre proyectos, reparaciones y procedimientos de desafectación.
Las empresas alcanzadas por el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones deberán declarar que los bienes no reciben simultáneamente los incentivos aduaneros del RIGI. La omisión o falsedad podrá dar lugar a sanciones.
La resolución deja sin efecto las Resoluciones 89/2019 y 15/2020, que regulaban solicitudes previas, firmas ológrafas y circuitos presenciales. Los trámites iniciados antes de la puesta en marcha del nuevo sistema continuarán bajo la normativa aplicable al momento de su presentación.
El régimen deriva del artículo 21 de la Ley de Inversiones Mineras, que exime de derechos de importación, determinados gravámenes y tasa de estadística a bienes necesarios para proyectos comprendidos en el esquema promocional, sujeto a controles de destino y permanencia.




