Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales anuales 2025

Prorrogan plazo para la presentación de Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales de funcionarios públicos

La Oficina Anticorrupción prorrogó hasta el 31 de julio de 2026 el plazo para que funcionarios presenten las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales anuales 2025.

Redacción BDC24/04/2026
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Prorrogan plazo para la presentación de Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales de funcionarios públicos

La Oficina Anticorrupción prorroga hasta el 31 de julio de 2026 el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales de los funcionarios alcanzados por la Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública. La prórroga responde a la necesidad de facilitar la vinculación entre las declaraciones patrimoniales y las impositivas.

La Oficina Anticorrupción prorrogó hasta el 31 de julio de 2026 el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales correspondientes a las obligaciones anuales 2025, según lo establece la Resolución (OA) 3/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial. 

La obligación alcanza a los funcionarios comprendidos en el régimen previsto por la Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, quienes deben presentar declaraciones patrimoniales al inicio de la función, en forma anual y al egreso del cargo.

La medida se fundamenta en la relación operativa entre la declaración patrimonial integral y las declaraciones impositivas de Ganancias y Bienes Personales ante ARCA. Para quienes presentan esos impuestos, el formulario F.1245 permite capturar la información fiscal correspondiente al período finalizado el 31 de diciembre del año anterior.

En ese marco, la Oficina Anticorrupción consideró necesario adecuar el vencimiento de la obligación anual, originalmente fijado para el 30 de mayo, debido a que los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales se producen durante la primera quincena de junio.

La resolución también alcanza a los sujetos obligados que no presentan declaraciones juradas de Ganancias o Bienes Personales, quienes deben completar manualmente la información requerida en el mismo formulario, mediante clave fiscal.

Finalmente, se instruye a las áreas de personal, administración o recursos humanos de cada jurisdicción a difundir la prórroga entre los funcionarios obligados.

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