Cómputo del plazo de permanencia de los contenedores de matrícula extranjera ingresados al territorio aduanero.
Se modifica la Resolución N° 869/93 (ANA) para adecuar la determinación del inicio del plazo de permanencia de los contenedores de matrícula extranjera importados temporalmente al territorio aduanero, estableciéndose que el plazo de cuatrocientos ochenta días corridos improrrogables se contará desde la fecha del libramiento del contenedor objeto de la importación temporaria, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto N° 1.001/82 y sus modificatorios.
Leer más →
