rubro_normativa
Bienes de cambio
CONSULTA FRECUENTE
04-12-2025
Consulta 76716/2025
Se analiza la posibilidad de aplicar el costo de reposición (o costo en plaza) como criterio excepcional para valuar las existencias finales de bienes de cambio en el Impuesto a las Ganancias.
CONSULTA FRECUENTE
06-10-2025
Consulta 74870/2025
Para determinar el valor impositivo de las existencias finales de mercaderías importadas, se aplica el criterio del artículo 56 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y el artículo 136 del decreto reglamentario. El “valor de la última compra” corresponde al costo total de adquisición puesto en condiciones de venta, que incluye el precio facturado por el proveedor del exterior (valor CIF) más los gastos de nacionalización, derechos de importación, tasas, seguros, fletes, almacenaje y cualquier otro costo necesario hasta su ingreso al depósito o punto de venta.
