rubro_normativa
Conservación del puesto de trabajo
CONSULTA FRECUENTE
20-10-2025
Consulta 75261/2025
El artículo 211 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que, vencido el plazo de licencia paga por enfermedad o accidente inculpable, el empleador debe conservar el puesto de trabajo durante un año más, sin obligación de pagar remuneraciones. Si el trabajador recibe el alta con una incapacidad parcial y permanente, el empleador debe reasignarle tareas compatibles sin reducir su salario; si no puede hacerlo, abona la indemnización reducida del artículo 247 LCT.
