rubro_normativa
Deducción Especial
CONSULTA FRECUENTE
16-03-2026
Consulta 82482/2026
Los profesionales que obtienen rentas por el ejercicio de su actividad pueden computar la deducción especial prevista en el artículo 30, inciso c), apartado 1 de la Ley del Impuesto a las Ganancias. Para ello, la norma exige como condición el cumplimiento de los aportes previsionales correspondientes al período fiscal. Este requisito se considera satisfecho tanto cuando se realizan aportes al régimen de trabajadores autónomos como cuando el profesional aporta a una caja previsional profesional que actúa como régimen sustitutivo del sistema previsional general.
CONSULTA FRECUENTE
12-01-2026
Consulta 79117/2026
Se analiza cómo se aplica la deducción especial incrementada en el Impuesto a las Ganancias cuando una persona percibe rentas de cuarta categoría por sueldos y, adicionalmente, honorarios como director de sociedad.
CONSULTA FRECUENTE
09-07-2025
Consulta 72124/2025
Los profesionales liberales que tributan como cuarta categoría pueden computar la deducción especial prevista en el art. 30, inc. c), ap. 1 de la ley del impuesto a las ganancias, siempre que estén al día con los aportes a su caja previsional antes del vencimiento de la DDJJ, y según corresponda, se aplicará el tope de deducción conforme a la composición de rentas con relación de dependencia.
CONSULTA FRECUENTE
31-08-2024
CONSULTA FRECUENTE
24-09-2023
