Economía declaró la emergencia agropecuaria en Santa Fe

Santa Fe: declaran la emergencia agropecuaria por lluvias, desbordes y excesos hídricos

Los productores comprendidos deberán contar con certificado provincial para acceder a los beneficios previstos en la Ley 26.509.

Redacción BDC03/06/2026
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Santa Fe: declaran la emergencia agropecuaria por lluvias, desbordes y excesos hídricos

La medida alcanza a explotaciones agropecuarias de los departamentos Vera, 9 de Julio y General Obligado, y a producciones hortícolas del departamento La Capital.

El Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en distintas zonas de la provincia de Santa Fe afectadas por excesos de precipitaciones, desbordes de ríos, arroyos y cursos de agua. La medida fue formalizada mediante la Resolución 819/2026, publicada en el Boletín Oficial el 3 de junio de 2026.

La declaración rige desde el 1° de abril de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026, en el marco de la Ley 26.509 y sus modificatorias, que regula el Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios.

La resolución alcanza a todas las explotaciones agropecuarias afectadas ubicadas en los distritos Fortín Olmos, Garabato, Los Amores, Golondrina, Intiyaco, Cañada Ombú y Los Tábanos, del departamento Vera; Gato Colorado, Villa Minetti, San Bernardo, Pozo Borrado, Tostado, Gregoria Pérez de Denis, Santa Margarita y Logroño, del departamento 9 de Julio; y Villa Guillermina, del departamento General Obligado.

También se declaró la emergencia y/o desastre agropecuario para las explotaciones hortícolas afectadas por excesos hídricos en los distritos Recreo, Monte Vera y Santa Fe, del departamento La Capital, con excepción del subdistrito de San José del Rincón.

La medida toma como antecedente el Decreto Provincial 926/2026, dictado por Santa Fe el 5 de mayo de 2026, que había declarado la situación de emergencia y/o desastre agropecuario en las zonas afectadas. Ese decreto fue tratado por la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios en su reunión del 11 de mayo de 2026.

Tras analizar la situación provincial, la Comisión recomendó declarar el estado de emergencia agropecuaria con el alcance solicitado por Santa Fe. Además, estableció el 30 de septiembre de 2026 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones comprendidas, de acuerdo con los artículos 22 y 23 del anexo al Decreto Reglamentario 1712/2009.

Para acceder a los beneficios previstos por la Ley 26.509, los productores afectados deberán presentar un certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran incluidos dentro de las situaciones contempladas por la norma.

El Gobierno Provincial deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de productores afectados, junto con copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

La resolución también dispone que las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberán arbitrar los medios necesarios para que los productores alcanzados puedan acceder a los beneficios previstos en los artículos 22 y 23 de la Ley 26.509.

Por último, se instruye al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía a celebrar los convenios o actos necesarios para la ejecución de la medida en el marco de sus competencias.

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