SRT actualiza multas desde junio 2026 en riesgos del trabajo

La SRT actualizó el valor de referencia para multas del régimen de riesgos del trabajo

El valor se utiliza como referencia para las multas aplicables a empleadores autoasegurados, ART y compañías de seguros de retiro.

Redacción BDC03/06/2026
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La SRT actualizó el valor de referencia para multas del régimen de riesgos del trabajo

La Resolución (SRT) 26/2026 actualiza el importe del módulo previsional aplicable a sanciones del régimen de riesgos del trabajo, fijándolo en $88.729,96 impactando a empleadores autoasegurados, aseguradoras de riesgos del trabajo y compañías de seguros de retiro a partir del 1 de junio de 2026.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo actualizó el importe de referencia utilizado para el cálculo de sanciones dentro del sistema de riesgos del trabajo. A través de la Resolución 26/2026, publicada este 3 de junio en el Boletín Oficial, el organismo fijó en $88.729,96 el valor que surge de aplicar la equivalencia del 22% sobre el Haber Mínimo Garantizado vigente desde junio de 2026.

La medida tiene efectos desde el 1 de junio de 2026 y se vincula con el régimen sancionatorio previsto en el artículo 32 de la Ley 24.557. Esa norma establece que el incumplimiento de obligaciones por parte de empleadores autoasegurados, aseguradoras de riesgos del trabajo y compañías de seguros de retiro puede ser sancionado con multas expresadas originalmente en AMPOs, luego reemplazados por el Módulo Previsional y posteriormente convertidos a una proporción del haber mínimo previsional.

El nuevo importe toma como referencia la Resolución ANSES 139/2026, que fijó el Haber Mínimo Garantizado para junio en $403.317,99. Sobre esa base, la SRT aplicó la equivalencia del 22% prevista en el artículo 15 del Decreto 1.694/2009, sustituido por el Decreto 404/2019, lo que arroja el nuevo valor de $88.729,96.

La actualización impacta en el parámetro utilizado para calcular las sanciones económicas del régimen de riesgos del trabajo. En términos prácticos, dado que la Ley 24.557 prevé multas de 20 a 2.000 unidades de referencia, el nuevo valor implica que el rango sancionatorio se ubica entre $1.774.599,20 y $177.459.920, según la gravedad y características del incumplimiento.

La resolución se dicta en un contexto de actualización mensual de haberes previsionales, luego de la modificación introducida por el DNU 274/2024 al régimen de movilidad de la Ley 24.241. Ese esquema dispone que las prestaciones se ajusten mensualmente de acuerdo con la variación del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el INDEC.

La SRT recordó que el Decreto 1.694/2009 le asigna la responsabilidad de publicar el importe actualizado cada vez que ANSES modifica el Haber Mínimo Garantizado. Por esa razón, la resolución no crea una nueva sanción ni modifica el régimen sustantivo de infracciones, sino que actualiza el valor monetario de la unidad de referencia aplicable a las multas ya previstas por la legislación vigente.

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