La Pampa: excluyen del SIRCREB a contribuyentes bajos ingresos

La Pampa excluye del SIRCREB a pequeños contribuyentes de bajos ingresos

La medida alcanza a contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen actividades exclusivamente en la provincia y cuyos ingresos del ejercicio fiscal 2025 no superen el tope de la categoría B del Monotributo.

Redacción BDC26/06/2026
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La Pampa excluye del SIRCREB a pequeños contribuyentes de bajos ingresos

La Dirección General de Rentas de La Pampa estableció la exclusión de oficio de determinados contribuyentes del padrón del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), con el objetivo de reducir el impacto financiero de las retenciones bancarias sobre pequeños contribuyentes.

La Dirección General de Rentas de la Provincia de La Pampa dictó la Resolución General N° 11/2026 mediante la cual dispuso la exclusión automática de determinados contribuyentes del padrón utilizado por el Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB).

La medida se enmarca en las facultades otorgadas por el artículo 188 del Código Fiscal provincial, que habilita al organismo a establecer regímenes de recaudación, percepción e información respecto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Según explicó la norma, la decisión responde a la necesidad de morigerar la incidencia de los regímenes de recaudación sobre contribuyentes de menor escala económica, en un contexto de deterioro de la actividad económica que afecta especialmente a los sectores más vulnerables.

La exclusión alcanzará a los contribuyentes que desarrollen sus actividades exclusivamente en la Provincia de La Pampa, tengan presentada la declaración jurada correspondiente al ejercicio fiscal 2025 y registren ingresos totales o depósitos bancarios durante ese período que no superen el importe máximo de ingresos brutos previsto para la categoría B del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) vigente al 31 de diciembre de 2025.

De esta manera, dichos sujetos dejarán de integrar el padrón que la Dirección General de Rentas remite a las entidades financieras a través del SIRCREB para la aplicación de recaudaciones sobre acreditaciones bancarias.

La resolución constituye una medida de alivio fiscal destinada a reducir las retenciones bancarias sobre pequeños contribuyentes provinciales y mejorar su situación financiera, evitando la acumulación de saldos a favor derivados de los mecanismos de recaudación anticipada.

La nueva disposición entrará en vigencia a partir del 1 de julio de 2026.

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