Salario mínimo 2026-2027: nuevos montos y fechas
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Salario mínimo: fijan aumentos mensuales hasta llegar a $437.000 en abril de 2027

El Consejo del Salario fijó por laudo una escala mensual que parte de $383.800 en septiembre de 2026 y llega a $437.000 en abril de 2027. La decisión se tomó después de que trabajadores y empleadores no alcanzaran un acuerdo. La prestación por desempleo continuará en el 75% de la mejor remuneración neta de los seis meses anteriores al cese, con pisos y topes vinculados al salario mínimo vigente.

Redacción BDC02/09/2026
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Salario mínimo: fijan aumentos mensuales hasta llegar a $437.000 en abril de 2027

El Consejo Nacional del Empleo fijó una nueva escala mensual del Salario Mínimo, Vital y Móvil que comienza en $383.800 para septiembre de 2026 y llegará a $437.000 en abril de 2027. Para los trabajadores jornalizados, el valor inicial será de $1.919 por hora y subirá hasta $2.185.

La decisión se adoptó mediante un laudo de la presidencia alterna del organismo, después de que los representantes de trabajadores y empleadores no alcanzaran un acuerdo. También se mantuvo la fórmula para calcular los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.

La nueva escala fue formalizada a través de la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

El primer tramo se aplica desde el 1° de septiembre de 2026. Los importes tendrán ajustes mensuales durante ocho meses, hasta completar el cronograma el 1° de abril de 2027.

La medida alcanza a los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, al personal incluido en el Régimen de Trabajo Agrario, a la Administración Pública Nacional y a las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores.

Los valores mensuales corresponden a quienes cumplen la jornada legal completa y no incluyen asignaciones familiares. En los contratos a tiempo parcial y en las jornadas reducidas previstas por la legislación laboral, el monto deberá abonarse en la proporción correspondiente.

La escala del salario mínimo hasta abril de 2027

El cronograma oficial establece los siguientes importes para trabajadores mensualizados y jornalizados:

Aplicación Valor mensual Valor por hora
Desde el 1/9/2026 $383.800 $1.919
Desde el 1/10/2026 $391.200 $1.956
Desde el 1/11/2026 $398.800 $1.994
Desde el 1/12/2026 $406.400 $2.032
Desde el 1/1/2027 $414.200 $2.071
Desde el 1/2/2027 $422.000 $2.110
Desde el 1/3/2027 $429.600 $2.148
Desde el 1/4/2027 $437.000 $2.185

Entre septiembre y abril, el salario mínimo mensual acumulará una variación nominal de $53.200, equivalente al 13,86% sobre el primer valor de la escala. El importe por hora aumentará $266 durante el mismo período.

El salario mínimo funciona como piso general para los trabajadores alcanzados, aunque los convenios colectivos y acuerdos sectoriales pueden establecer remuneraciones superiores. También opera como referencia para otras prestaciones y parámetros laborales.

La fijación se produjo luego de la reunión virtual del Consejo del Salario celebrada el 28 de agosto. Según los considerandos de la resolución, tras el intercambio entre los sectores no fue posible alcanzar la mayoría necesaria para aprobar una propuesta común.

Ante la falta de acuerdo, la presidencia alterna quedó obligada a emitir el laudo previsto por el artículo 137 de la Ley 24.013 sobre los dos puntos tratados: el nivel del salario mínimo y los límites de la prestación por desempleo.

Cómo queda la prestación por desempleo

La resolución mantiene la fórmula vigente desde 2023 para los trabajadores convencionados y no convencionados. El beneficio será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante los seis meses anteriores al cese del contrato que originó la situación de desempleo.

Ese cálculo queda sujeto a límites vinculados con el salario mínimo vigente. La prestación mensual no podrá ser inferior al 50% del SMVM ni superar el 100% de ese valor.

Con el monto aplicable desde septiembre de 2026, el piso de la prestación será de $191.900 y el tope de $383.800. Desde abril de 2027, cuando concluya la escala anunciada, esos límites pasarán a $218.500 y $437.000, respectivamente.

Los límites se actualizarán en cada uno de los meses intermedios junto con los nuevos valores del salario mínimo. El porcentaje del 75% se aplica primero sobre la remuneración de referencia y luego se verifica que el resultado quede dentro del piso y el tope vigentes.

La Resolución 4/2026 fue firmada por la presidenta alterna del Consejo, Claudia Silvana Testa. La norma fue publicada el 2 de septiembre de 2026, mientras que el primer tramo salarial produce efectos desde el día anterior.

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