Córdoba: Régimen voluntario de inscripción y rúbrica de libros para sociedades de la Sección IV y simples asociaciones.
La Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas de Córdoba establece un régimen voluntario de anotación de instrumentos constitutivos para sociedades comprendidas en la Sección IV del Capítulo I de la Ley General de Sociedades y para simples asociaciones, brindando la posibilidad de inscribir modificaciones posteriores.
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