ARCA: operaciones de transporte internacional terrestre ocasional

ARCA simplifica requisitos aduaneros para el transporte internacional terrestre ocasional

ARCA ajustó la normativa aduanera del ATIT para simplificar requisitos en operaciones de transporte internacional terrestre ocasional y mercaderías en tránsito directo.

Redacción BDC24/04/2026
Inicio > Actualidad > Impuestos Nacionales > ARCA simplifica requisitos aduaneros para el transporte internacional terrestre ocasional

ARCA simplifica requisitos aduaneros para el transporte internacional terrestre ocasional

El cambio alcanza a las mercaderías en tránsito directo y prevé una alternativa mediante constitución de garantía, sin intervención de despachante de aduana.

ARCA modificó la normativa aduanera aplicable al Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre (ATIT), con el objetivo de simplificar los requisitos para el transporte internacional terrestre de carácter ocasional y adecuar la regulación interna a los lineamientos del acuerdo regional.

La Resolución General 5839/2026 publicada hoy, introduce cambios en el Anexo II “K” de la Resolución N° 2.382 (ANA), norma que estableció las reglas de aplicación del ATIT en el ámbito aduanero argentino. La medida entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.

El principal cambio consiste en la eliminación del inciso b) del punto 16 y en la sustitución del punto 17, referido a mercaderías en tránsito directo.

Según el nuevo texto, para los supuestos previstos en los apartados c), d) y e) del punto 16 del anexo, deberá cumplirse con la Resolución N° 200 (ANA) cuando el destino de la mercadería sea otro Estado Parte. No obstante, la norma admite una alternativa: constituir una garantía por el valor declarado en el MIC/DTA.

Esa garantía deberá calcularse considerando la mayor alícuota del Arancel Externo Común, la Tasa de Estadística, el Impuesto al Valor Agregado, el pago a cuenta del IVA y el Impuesto a las Ganancias. En ese supuesto, la operatoria podrá realizarse sin intervención del despachante de aduana.

En los considerandos, ARCA señaló que la medida se enmarca en la necesidad de fortalecer la integración regional en el ámbito de la ALADI y el MERCOSUR, mediante acciones orientadas a agilizar y controlar las transacciones transfronterizas, con intercambio de información entre los sujetos involucrados.

El ATIT tiene por finalidad facilitar el transporte terrestre entre los países del Cono Sur y contempla la posibilidad de otorgar permisos ocasionales de pasajeros o carga, conforme las condiciones previstas en sus apéndices.

Scroll al inicio