El Gobierno difiere el aumento de los impuestos sobre naftas

Combustibles: el Gobierno vuelve a postergar parte de la suba de impuestos a naftas y gasoil

El Gobierno diferirá parcialmente hasta el 1° de junio de 2026 la aplicación de incrementos impositivos sobre naftas y gasoil. En mayo regirán aumentos parciales.

Redacción BDC30/04/2026
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Combustibles: el Gobierno vuelve a postergar parte de la suba de impuestos a naftas y gasoil

El Decreto (PEN) 302/2026 difiere parcialmente hasta el 1° de junio de 2026 la aplicación plena de los incrementos en los montos del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y del Impuesto al Dióxido de Carbono. 

El Gobierno nacional dispuso un nuevo diferimiento parcial de los incrementos impositivos sobre combustibles líquidos, de acuerdo a lo establecido en el Decreto (PEN) 302/2026 publicado hoy en el Boletín Oficial.

La medida alcanza a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, y posterga hasta el 1° de junio de 2026 la aplicación plena de los aumentos remanentes correspondientes al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Impuesto al Dióxido de Carbono.

Durante el período comprendido entre el 1° y el 31 de mayo de 2026, inclusive, se aplicarán incrementos parciales. Para la nafta sin plomo hasta 92 RON, la nafta sin plomo de más de 92 RON y la nafta virgen, el aumento será de $10,398 en el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y de $0,637 en el Impuesto al Dióxido de Carbono.

En el caso del gasoil, el incremento será de $9,269 en el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, de $5,019 para el tratamiento diferencial previsto para determinadas zonas del país y de $1,056 en el Impuesto al Dióxido de Carbono.

La decisión modifica el Decreto 617/2025 y sus normas modificatorias, que habían postergado parcialmente hasta el 1° de mayo de 2026 los efectos de las actualizaciones acumuladas de los años calendario 2024 y 2025.

El esquema de actualización surge de la Ley 23.966 y del Decreto 501/2018, que prevén que los montos fijos de los tributos sobre combustibles se actualicen trimestralmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor informado por el INDEC.

Según los fundamentos de la medida, el diferimiento parcial busca sostener un sendero fiscal compatible con el crecimiento económico, evitando trasladar en forma plena los incrementos acumulados durante mayo. La norma entra en vigencia desde el 1° de mayo de 2026.

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