La Secretaría Nacional de Discapacidad aprobó un incremento del 1,90% para todos los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad correspondientes a julio de 2026.
La Secretaría Nacional de Discapacidad actualizó en un 1,90% los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad correspondientes a julio de 2026. El incremento se aplica sin diferencias según el tipo de prestación y alcanza a todos los servicios comprendidos en el nomenclador nacional.
La medida fue formalizada mediante la Resolución 2227/2026, publicada el 22 de julio en el Boletín Oficial. Los nuevos importes se calculan sobre los valores aprobados para junio mediante la Resolución 1297/2026 y se encuentran detallados en el anexo que integra la normativa.
Para determinar el porcentaje de actualización, la Secretaría tomó como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a junio de 2026. De esta manera, los aranceles aumentarán en la misma proporción que el IPC mensual informado para ese período.
La resolución también mantiene el adicional del 20% sobre el arancel básico por zona desfavorable para las prestaciones brindadas en las provincias de la región patagónica. Ese reconocimiento se encuentra contemplado en el artículo 7° bis de la Ley 24.901.
El Sistema de Prestaciones Básicas fue instituido por la Ley 24.901 con el objeto de garantizar la atención integral de las personas con discapacidad. El nomenclador que determina las prestaciones comprendidas y sus valores fue aprobado originalmente mediante la Resolución 428/1999 del entonces Ministerio de Salud y Acción Social.
Los aranceles son revisados periódicamente a partir de las propuestas formuladas por el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas. En este caso, la actualización se vincula con el mecanismo previsto por la Ley 27.793 y su reglamentación mediante el Decreto 84/2026.
En junio de 2026, la Resolución 1297/2026 había dispuesto un aumento del 2,10%, calculado sobre la variación del IPC de mayo. La nueva resolución aplica ahora el incremento correspondiente al índice de junio sobre esos valores previamente actualizados.
La normativa no establece diferencias porcentuales entre las distintas modalidades de atención. Los importes específicos aplicables a cada prestación se encuentran incluidos en el anexo publicado en la edición web del Boletín Oficial.




