La Superintendencia de Riesgos del Trabajo actualizó el importe que deben integrar empleadores del Régimen General y de Casas Particulares con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) fijó en $1.839 el valor de la suma destinada al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) para las obligaciones correspondientes al período devengado julio de 2026.
El importe será aplicable tanto a las unidades productivas comprendidas en el Régimen General como a los empleadores incluidos en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. La nueva suma deberá abonarse a partir de agosto de 2026.
La actualización fue formalizada mediante la Disposición 7/2026 de la Gerencia de Control Prestacional de la SRT, publicada el 22 de julio de 2026 en el Boletín Oficial.
La suma fija se encuentra prevista en el artículo 5° del Decreto 590/1997 y tiene como destino el financiamiento del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales. Su actualización se realiza mediante los mecanismos establecidos por las resoluciones 467/2021 y 649/2022 del entonces Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Para las unidades productivas del Régimen General, el cálculo consideró los índices de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) correspondientes a mayo y abril de 2026. La relación entre ambos valores arrojó un coeficiente de 1,0065 que, aplicado sobre el importe anterior de $1.826,78, determinó un valor bruto de $1.838,83.
En el caso del Régimen Especial de Casas Particulares, se utilizaron los índices RIPTE de mayo y febrero de 2026. El coeficiente resultante fue de 1,0665 y, aplicado sobre el valor anterior de $1.724,19, produjo un importe actualizado de $1.838,88.
La SRT aplicó las reglas habituales de redondeo decimal para facilitar la identificación del monto que deberá ingresarse al Fondo. Como consecuencia, el valor quedó unificado en $1.839 para ambos regímenes.
La suma corresponde al devengado julio de 2026, por lo que deberá incorporarse en los pagos que se efectúen desde agosto de 2026.




