IGJ aprobó un procedimiento gradual de inscripción registral digital

IGJ elimina copias en papel y avanza hacia la inscripción registral digital

El procedimiento se aplicará en forma gradual, según los sujetos y actos registrables que sean incorporados al Cronograma de Implementación de la IGJ. Para los trámites no incluidos, seguirá vigente el régimen de la Resolución General IGJ 15/2024.

Redacción BDC02/06/2026
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IGJ elimina copias en papel y avanza hacia la inscripción registral digital

La Resolución General 5/2026 introduce un nuevo esquema registral basado en la generación y remisión digital de la plancha de inscripción, con documentos embebidos y firma digital del funcionario competente.

La Inspección General de Justicia aprobó un nuevo procedimiento de inscripción registral con generación y remisión de la plancha de inscripción en soporte digital, que permitirá eliminar gradualmente la exigencia de acompañar copias en papel en los trámites alcanzados. La medida fue instrumentada mediante la Resolución General 5/2026, publicada en el Boletín Oficial el 2 de junio de 2026, y comenzará a regir desde el 3 de junio.

El cambio alcanza a los sujetos y actos registrables que sean incorporados progresivamente al Cronograma de Implementación publicado y actualizado en el sitio web del Organismo. Hasta tanto un trámite sea incorporado a ese cronograma, continuará aplicándose íntegramente el procedimiento previsto en la Resolución General IGJ 15/2024.

La norma mantiene la obligación de presentar el instrumento original conforme las formalidades establecidas en el artículo 34 del Anexo A de la Resolución General IGJ 15/2024, pero exime, para los casos alcanzados, la presentación de copias prevista en el artículo 35 de esa misma regulación. Según el nuevo esquema, una vez practicada la inscripción, el instrumento original quedará incorporado al expediente administrativo y el organismo generará una plancha de inscripción digital.

Esa plancha contendrá los documentos inscriptos embebidos y estará suscripta con firma digital por el funcionario competente. La resolución dispone que dicha constancia constituye el acto registral y tendrá plena eficacia jurídica como instrumento digital en los términos del artículo 11 de la Ley 25.506.

El nuevo procedimiento también modifica la forma de entrega del instrumento inscripto. En lugar del retiro presencial de documentación, la plancha digital será remitida al autorizado a través de la plataforma digital habilitada por el organismo para la tramitación y comunicación a distancia con los particulares.

Para ello, el profesional dictaminante deberá consignar en el formulario de actuación los datos de la persona humana o jurídica autorizada a recibir la plancha de inscripción digital. La información deberá incluir nombre y apellido o denominación social, CUIT asociado a la plataforma digital habilitada y un correo electrónico alternativo para subsanar eventuales inconsistencias.

La resolución también regula el tratamiento de las planchas de inscripción dentro del Protocolo Digital. Los documentos generados mediante este procedimiento serán protocolizados conforme lo previsto en el artículo 43, último párrafo, de la Resolución General IGJ 15/2024.

Otro aspecto relevante es el procedimiento para rectificar inexactitudes registrales. En esos casos, deberá indicarse el número de identificación correspondiente a la plancha digital generada bajo el régimen de la Ley 25.506, junto con los datos del destinatario al que se remitirá la nueva plancha con los documentos embebidos.

La medida contempla además la emisión electrónica de resoluciones particulares del Inspector General cuando el cronograma incorpore actos que las requieran, conforme los artículos 10 inciso a) y 21 inciso a) de la Ley 22.315. En esos supuestos, las resoluciones serán emitidas en soporte electrónico con firma digital del Inspector General y, cuando corresponda, tendrán embebidos los instrumentos objeto de inscripción.

En materia de numeración, la IGJ prevé que, al incorporarse al cronograma el primer tipo de acto administrativo que requiera resolución particular del Inspector General, se cerrará la numeración correlativa en soporte papel del ejercicio en curso. A partir de allí, la numeración digital continuará desde el número siguiente a la última confeccionada en soporte físico, manteniendo diferenciada la serie papel cerrada a efectos de archivo, registro y trazabilidad.

La resolución admite que los expedientes iniciados con anterioridad puedan acogerse al nuevo procedimiento, siempre que el interesado lo solicite expresamente al contestar una vista y constituya domicilio conforme las pautas establecidas para la remisión digital.

En los considerandos, la IGJ fundamenta la medida en los principios de simplificación, proporcionalidad, seguridad jurídica y acceso efectivo a la economía formal. El organismo sostiene que la exigencia de copias en papel no cumple una función útil adicional cuando ya existe un instrumento original incorporado al expediente y una plancha digital con firma digital, por lo que su eliminación busca reducir cargas administrativas para profesionales, sociedades y demás sujetos que acceden al registro público.

Cronograma de implementación

Resolución General IGJ N.° 5/2026 — Artículo 9°

Constituciones de sociedades comerciales — Ley N.° 19.550

El presente Cronograma establece los actos registrables incorporados al procedimiento previsto en la Resolución General IGJ N.° 5/2026 conforme su artículo 9°. Para los trámites no incluidos, continúa aplicándose íntegramente el procedimiento en soporte papel establecido en la Resolución General IGJ N.° 15/2024.

N.°

Acto registrable

Tipo de sujeto

Fecha de incorporación

1

Constitución de sociedades (Ley N.° 19.550)

Todos los tipos societarios

08/06/2026

2

Autorización para funcionar de entidades civiles

Asociaciones civiles y fundaciones

16/06/2026

3

Inscripciones relativas a contratos

Contratos de fideicomisos, contratos asociativos, etc.

22/06/2026

4

Reformas de entidades civiles e inscripción de autoridades de entidades civiles

Asociaciones civiles y fundaciones

29/06/2026

Última actualización: 02/06/2026. El presente Cronograma se actualizará, gradualmente, en el sitio web oficial del Organismo: www.argentina.gob.ar/justicia/igj

 

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