Misiones excluirá del SIRCUPA a usuarios de billeteras virtuales

Ingresos Brutos: Misiones no aplicará retenciones a usuarios de billeteras virtuales con bajos movimientos

El nuevo esquema fue dispuesto mediante el Decreto 936/2026 y forma parte de una estrategia de simplificación tributaria orientada a reducir la carga fiscal sobre pequeños contribuyentes, emprendedores y usuarios particulares de medios de pago digitales.

Redacción BDC03/06/2026
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Ingresos Brutos: Misiones no aplicará retenciones a usuarios de billeteras virtuales con bajos movimientos

La provincia de Misiones dejará de aplicar retenciones de Ingresos Brutos sobre acreditaciones realizadas en billeteras virtuales y cuentas de pago de bajo volumen. La medida comenzará a regir el 1 de agosto de 2026 y alcanzará a quienes registren ingresos mensuales de hasta $2.184.404.-

La provincia de Misiones dispuso la creación de un esquema de exclusión del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA) para determinados usuarios de billeteras virtuales y Proveedores de Servicios de Pago (PSP). La medida fue formalizada mediante el Decreto N° 936 del 1 de junio de 2026 y comenzará a aplicarse a partir del 1 de agosto próximo.

La norma instruye al Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos a implementar los mecanismos necesarios para excluir del régimen de retenciones de Ingresos Brutos a quienes registren acreditaciones mensuales por debajo de los parámetros que determine la autoridad provincial.

Posteriormente, el gobernador Hugo Passalacqua confirmó que el límite de exclusión será de $2.184.404 mensuales en acreditaciones recibidas a través de cuentas virtuales. Según informó el mandatario provincial, la medida beneficiará a aproximadamente 200.000 personas y permitirá que cerca del 96% de las empresas misioneras deje de estar alcanzado por este mecanismo de recaudación anticipada.

Qué es el SIRCUPA

Misiones se encuentra adherida al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA) mediante la Resolución General DGR N° 31/2022. Este régimen, administrado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB), permite aplicar retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre los fondos acreditados en billeteras virtuales, cuentas de pago y otras plataformas digitales operadas por proveedores de servicios financieros.

El sistema funciona de manera similar a otros regímenes de recaudación bancaria, pero específicamente sobre las acreditaciones efectuadas en cuentas virtuales. Cuando un contribuyente se encuentra alcanzado por el padrón del régimen, las billeteras virtuales o plataformas de pago actúan como agentes de recaudación y practican la correspondiente retención.

El objetivo de la medida

Según los fundamentos del decreto, el crecimiento sostenido de los medios de pago electrónicos y el nuevo contexto económico hicieron necesaria una revisión de los mecanismos de recaudación vigentes.

La provincia considera que muchos pequeños contribuyentes, emprendedores, profesionales independientes y usuarios particulares ven afectada su liquidez por retenciones que luego deben recuperar mediante compensaciones o trámites de devolución, generando saldos a favor y costos administrativos adicionales.

Por ese motivo, el Gobierno provincial decidió avanzar con un esquema que permita diferenciar a los sujetos que desarrollan actividades económicas de mayor volumen de aquellos cuyos movimientos financieros no reflejan una capacidad contributiva suficiente para justificar la aplicación de retenciones anticipadas.

La medida no implica la derogación del SIRCUPA ni una modificación de las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

El régimen continuará vigente para los contribuyentes alcanzados que superen los parámetros establecidos por la autoridad fiscal. Lo que se incorpora es un mecanismo de exclusión destinado a evitar que pequeños operadores económicos queden sujetos a retenciones sobre acreditaciones de escasa magnitud.

De esta manera, el esquema busca compatibilizar los objetivos de control y recaudación tributaria con la necesidad de reducir la carga financiera sobre los sectores de menor capacidad económica.

Que deberá hacer el Ministerio de Hacienda

El Decreto N° 936 establece que será el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos quien determine y actualice periódicamente los parámetros de exclusión.

Asimismo, tanto dicha cartera como la Dirección General de Rentas quedaron facultadas para dictar las normas reglamentarias y complementarias necesarias para la implementación del nuevo esquema.

Los criterios comenzarán a regir desde el 1 de agosto de 2026, fecha a partir de la cual los sujetos que encuadren dentro de los límites establecidos podrán quedar excluidos de las retenciones de Ingresos Brutos aplicadas sobre acreditaciones en billeteras virtuales y cuentas de pago.

Una política de simplificación tributaria

La decisión se suma a otras medidas adoptadas recientemente por la provincia para reducir cargas administrativas vinculadas al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Semanas antes, el gobernador Passalacqua había anunciado la eliminación de determinados regímenes de percepción aplicados en puestos de control rutero, en el marco de una política orientada a simplificar la gestión tributaria y mejorar las condiciones para el desarrollo de actividades económicas en la provincia.

Con esta nueva exclusión sobre billeteras virtuales, Misiones se posiciona entre las primeras jurisdicciones en establecer límites explícitos para reducir el alcance de las retenciones sobre operaciones de bajo monto realizadas a través de plataformas digitales.

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