ARCA cambia el débito de cuotas de los planes de pago
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Planes de pago: ARCA cambia cómo se debitarán las cuotas desde octubre

ARCA generaliza el débito directo para las cuotas de planes de pago desde octubre. Los contribuyentes deberán revisar la CBU declarada y seleccionada en Mis Facilidades.

Redacción BDC16/09/2026
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Planes de pago: ARCA cambia cómo se debitarán las cuotas desde octubre

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el mecanismo para cancelar las cuotas de los planes de facilidades de pago y dispuso que, desde el 1 de octubre de 2026, también los importes que alcanzan o superan el límite del régimen anterior se cobren mediante débito directo en cuenta bancaria.

El cambio alcanza a los contribuyentes y responsables con planes presentados a través del servicio “Mis Facilidades”. Para evitar inconvenientes en la cancelación, deberán verificar que la Clave Bancaria Uniforme (CBU) esté debidamente declarada y que la cuenta correspondiente haya sido seleccionada dentro del servicio.

La medida fue establecida por la Resolución General 5896/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial. La norma modifica cinco resoluciones que regulan distintos planes de pago y comenzará a regir el próximo 1 de octubre.

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Qué cambia en el pago de las cuotas

Hasta ahora, cuando una cuota era igual o superior a cien millones de pesos, debía cancelarse mediante transferencia electrónica de fondos. Ese mismo procedimiento se aplicaba en situaciones excepcionales en las que el cobro por débito directo en cuenta bancaria no resultaba posible.

ARCA eliminó esas previsiones de las Resoluciones Generales 5279, 5321, 5525, 5828 y 5873. Con la nueva regulación, las cuotas de ese nivel deberán ingresar por débito directo, del mismo modo que las restantes obligaciones periódicas de los planes alcanzados.

La modificación también comprende las disposiciones referidas a las cancelaciones anticipadas totales. La resolución suprime los párrafos que establecían una vía alternativa de pago por transferencia cuando el importe o una imposibilidad operativa impedían procesar el débito bancario.

Según los considerandos de la norma, la red bancaria adecuó sus mecanismos sistémicos y amplió la capacidad para gestionar y procesar débitos directos. Esa actualización permite reemplazar el procedimiento especial que se utilizaba para las operaciones de mayor importe.

Qué deberán revisar los contribuyentes

Quienes tengan cuotas iguales o superiores al límite previsto deberán garantizar que la cuenta disponga de fondos suficientes en la fecha de vencimiento y que la CBU se encuentre correctamente informada ante ARCA.

La CBU destinada al débito debe estar declarada conforme a la Resolución General 2675, sus modificatorias y complementarias. Además, la cuenta tiene que quedar seleccionada expresamente dentro de “Mis Facilidades” para el plan correspondiente.

La resolución no modifica las condiciones económicas, la cantidad de cuotas ni los vencimientos de cada plan. El cambio se concentra en el medio utilizado para cobrar las cuotas y procesar las cancelaciones anticipadas totales.

La revisión previa de la cuenta bancaria será especialmente relevante para los planes con cuotas de mayor valor, porque desde octubre dejará de operar la transferencia electrónica prevista por las normas anteriores y el ingreso dependerá del débito directo configurado en el sistema.

La Resolución General 5896/2026 entra en vigencia el 1 de octubre de 2026. A partir de esa fecha, los contribuyentes alcanzados deberán tener regularizada la registración de la CBU y su selección en “Mis Facilidades”.

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