CABA: se extiende hasta el 30 de abril el trámite para acceder a la exención del ABL e Impuesto Inmobiliario.
La AGIP prorrogó hasta el 30 de abril de 2026 el plazo para solicitar el reconocimiento de la exención en el pago de las cuotas mensuales del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros correspondiente a los meses de enero a junio de 2026, prevista en las Cláusulas Transitorias Primera y Segunda de la Ley 6.926. La medida modifica el artículo 7° de la Resolución 629-AGIP/25, que había fijado como fecha límite original el 31 de marzo de 2026.
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