Creación del régimen opcional de emisión con “Código de Autorización Electrónico Anticipado (C.A.E.A.)” para grandes emisores de comprobantes.
Se establece un procedimiento especial de carácter opcional para la emisión de comprobantes electrónicos mediante la utilización del Código de Autorización Electrónico Anticipado (C.A.E.A.), en reemplazo del tradicional C.A.E. regulado por la Resolución General 2485. Podrán adherir los responsables inscriptos en el IVA que sean autoimpresores registrados, se encuentren incluidos en el régimen de factura electrónica (RG 2485 o RG 2904) y posean un sistema logístico integral de magnitud relevante, o bien hayan emitido al menos 1.800 comprobantes mensuales durante tres meses consecutivos.
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