Salta: creación del Libro Especial de Entidades Religiosas y habilitación de su registración, rúbrica de libros y transformación jurídica.
La Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Salta reconoce, a los fines registrales y operativos, a las iglesias, confesiones, comunidades y entidades religiosas como personas jurídicas privadas diferenciadas, conforme al artículo 148, inciso e), del Código Civil y Comercial de la Nación, y crea un Libro Especial destinado a su anotación.
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