Ley 20.628 (t.o. 2019) — Artículo 137°: Ganancias De La Segunda Categoría
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Ley 20.628 (t.o. 2019) — Artículo 137°: Ganancias De La Segunda Categoría

LEY 20.628 (T.O. 2019) — ARTÍCULO 137°Vigente

Ganancias de la segunda categoría. Texto del artículo 137° de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

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