Creación del Registro de Agentes Institorios (RAI) y nuevas pautas de habilitación, mandatos, afiches, registros y control.
Se crea el Registro de Agentes Institorios (RAI), de carácter público y a cargo de la Gerencia de Autorizaciones y Registros de la Superintendencia de Seguros de la Nación, estableciéndose que sólo podrán inscribirse personas jurídicas con al menos dos años de trayectoria en su actividad principal y previa autorización del organismo.
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