Ingresos Brutos: esquema de alícuotas diferenciales para actividades de elaboración de productos alimenticios cuando las ventas se efectúen a consumidores finales.
Se dispone hasta el 31 de Marzo de 2024 inclusive, la alícuota diferencial del tres con cinco por ciento (3,5%) en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los ingresos por las ventas a consumidores finales de bienes derivados de las actividades identificadas con los códigos de actividad 154110, 154120, 154191 y 154199, del Nomenclador de Actividades y Alícuotas Impuesto sobre los Ingresos Brutos del artículo 7° de la Ley N° 8467 y sus modificatorias.
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