Mercados de derivados: fijan al 31 de marzo de 2026 el plazo para remitir información sobre posiciones abiertas.
La Comisión Nacional de Valores establece un plazo único de cumplimiento en la remisión de información sobre posiciones abiertas en contratos de futuros y opciones por parte de los mercados autorizados. La medida se vincula con el régimen informativo incorporado por la Resolución General 1113, orientado a fortalecer el monitoreo de riesgos en el mercado de derivados y mejorar las herramientas de supervisión de la CNV.
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