La IGJ extendió hasta el 31 de diciembre de 2026 la moratoria

La IGJ extiende hasta fin de año la moratoria para regularizar estados contables

La medida también amplía el alcance del beneficio a los estados contables con cierre al 30 de junio de 2026, suspende procedimientos sumariales por incumplimientos y establece la utilización obligatoria del nuevo sistema de presentación digital.

Redacción BDC18/06/2026
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La IGJ extiende hasta fin de año la moratoria para regularizar estados contables

La Inspección General de Justicia prorrogó el régimen de moratoria para la regularización de estados contables y documentación relacionada hasta el 31 de diciembre de 2026.

La Inspección General de Justicia (IGJ), mediante la Resolución General IGJ 6/2026 publicada en el Boletín Oficial, dispuso la extensión del régimen de moratoria previsto por la Resolución General IGJ 4/2025 hasta el 31 de diciembre de 2026, con el objetivo de permitir que las entidades que aún mantienen incumplimientos en materia de presentación de estados contables puedan regularizar su situación registral.

La prórroga alcanza al régimen que permite presentar estados contables y documentación adeudada mediante el pago de un único formulario, sin considerar la cantidad de ejercicios pendientes de regularización. Además, se incorporan al beneficio los estados contables y la documentación relacionada correspondientes a ejercicios con cierre al 30 de junio de 2026.

Junto con la extensión del plazo, la IGJ dispuso que todas las presentaciones alcanzadas por la moratoria deberán efectuarse a través del nuevo sistema de presentación digital que el organismo pondrá a disposición en su sitio web institucional. El sistema permitirá la carga, firma y remisión electrónica de la documentación, eliminando la necesidad de concurrir presencialmente a las oficinas del organismo.

La resolución también establece que, desde el 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2026, quedarán suspendidos el inicio y la tramitación de procedimientos sumariales vinculados con incumplimientos en la presentación de estados contables. La única excepción corresponde a los casos en los que la actuación sumarial deba impulsarse por orden judicial.

Entre los fundamentos de la medida, la IGJ destacó que todavía existe un conjunto de entidades que manifestó voluntad de regularizar su situación, pero que no pudo hacerlo dentro de los plazos vigentes debido a la acumulación de obligaciones tributarias, laborales y profesionales que enfrentan tanto los responsables societarios como los profesionales intervinientes.

Asimismo, el organismo remarcó que la implementación de herramientas digitales forma parte de una política de modernización destinada a reducir cargas administrativas, simplificar trámites y facilitar el cumplimiento de las obligaciones registrales. En ese sentido, señaló que la digitalización busca eliminar costos y barreras operativas que históricamente dificultaron la regularización voluntaria.

La prórroga también responde a un pedido formulado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que solicitó extender el plazo del régimen para permitir que más entidades puedan completar el proceso de regularización antes de fin de año.

La Resolución General IGJ 6/2026 fue publicada el 18 de junio de 2026 y entrará en vigencia el 1 de julio de 2026.

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