El Consejo porteño pidió a ARCA una prórroga para la presentación de balances con cierre al 31 de diciembre mediante el servicio “PUB – Presentación Única de Balances”.
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero una prórroga extraordinaria para la presentación de los estados contables con cierre diciembre, cuyo vencimiento se encuentra previsto para el martes 30 de junio de 2026.
La petición fue formalizada mediante una nota de fecha 26 de junio de 2026, y dirigida al director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez.
La obligación alcanza a la presentación de balances a través del servicio con clave fiscal “PUB – Presentación Única de Balances”. Según planteó la entidad profesional, su cumplimiento coincide con una concentración excepcional de obligaciones fiscales, contables y laborales.
Entre los principales motivos, el Consejo señaló que el 30 de junio vence la declaración jurada anual CM05 del Convenio Multilateral, mientras que el 29 de junio opera el último vencimiento de las declaraciones juradas y los informes de precios de transferencia.
A esa superposición se agregan los cambios implementados en los recibos de sueldo, cuyos modelos y contenidos informativos se modificaron sustancialmente a partir de junio, conforme a lo establecido por el Decreto 407/2026.
La entidad destacó, además, que los ejercicios cerrados el 31 de diciembre representan una proporción superior a la de cualquier otra fecha de cierre anual, circunstancia que incrementa de manera significativa la carga de trabajo de los profesionales durante este período.
Asimismo, para esos cierres resulta obligatoria la aplicación de la Resolución Técnica 54, “Norma Unificada Argentina de Contabilidad”, lo que demanda adecuaciones adicionales y genera mayores tiempos para la confección de los estados contables de presentación.
En ese contexto, el Consejo solicitó a ARCA que arbitre los medios necesarios para disponer una extensión extraordinaria del plazo, al considerar que la medida no ocasionaría perjuicios para la administración tributaria y representaría un alivio para los contribuyentes y los profesionales que los asesoran.
Hasta el momento, el planteo constituye una solicitud institucional y no implica una modificación automática del vencimiento vigente. Por lo tanto, la fecha del 30 de junio de 2026 se mantiene mientras ARCA no publique o comunique formalmente una prórroga.
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