La Inspección General de Justicia creó el Sistema Online de Documentación Abierta de IGJ, una plataforma destinada a sustituir progresivamente las presentaciones presenciales y el envío de documentación en papel.
La Inspección General de Justicia avanzará en la digitalización integral de sus procedimientos registrales y de fiscalización mediante la creación del Sistema Online de Documentación Abierta de IGJ. La nueva plataforma permitirá recibir, tramitar y gestionar electrónicamente la documentación presentada por las entidades sometidas al control del organismo.
La medida fue formalizada mediante la Resolución General (IGJ) 7/2026, publicada el 1 de julio de 2026 en el Boletín Oficial. La norma entrará en vigencia el 2 de julio, aunque la incorporación efectiva de los distintos trámites se realizará de manera progresiva y conforme al cronograma que establezca la propia IGJ.
Las presentaciones y actuaciones efectuadas por medio del sistema producirán los mismos efectos jurídicos que las realizadas en soporte papel. De este modo, la plataforma funcionará como canal digital para aquellos trámites que sean incorporados en cada etapa de implementación.
El acceso se realizará desde el sitio oficial de la IGJ mediante un navegador web. Para autenticar la identidad del presentante se exigirá Clave Fiscal de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero de nivel 3 o superior, la cual operará como firma electrónica en los términos del artículo 5° de la Ley 25.506 respecto de la documentación incorporada durante la sesión.
La documentación será presentada bajo declaración jurada. En consecuencia, la persona que efectúe la presentación asumirá responsabilidad por la autenticidad e integridad de los archivos y de la información suministrada.
El sistema generará automáticamente el formulario de actuación correspondiente, según el tipo de trámite y los datos de la entidad o del presentante. Cada documento deberá cargarse individualmente y asociarse a la categoría que corresponda. Una vez confirmada la presentación, la plataforma emitirá de manera inmediata un acuse de recibo.
Además, cada presentación dará origen a un expediente electrónico dentro del sistema de gestión documental del organismo. Ese expediente será considerado el repositorio oficial único de la documentación presentada.
Las notificaciones vinculadas con los trámites serán cursadas al domicilio electrónico constituido en la plataforma y tendrán los mismos efectos jurídicos que una notificación personal o por cédula.
La Resolución General 7/2026 sustituye los artículos 5° y 6° del Anexo A de la Resolución General IGJ 15/2024 para incorporar el nuevo canal digital, el mecanismo de autenticación, la generación automática de formularios, el acuse de recibo, el expediente electrónico y el régimen de notificaciones.
La implementación no será inmediata para la totalidad de los procedimientos. La IGJ deberá determinar mediante instructivos los tipos de trámites habilitados en cada etapa, las fechas desde las cuales deberán gestionarse por la plataforma y los requisitos técnicos aplicables, incluidos los formatos de archivo, los estándares de seguridad y los protocolos de interoperabilidad.
Mientras un procedimiento no haya sido incorporado al sistema, o durante el período en que convivan los canales digital y tradicional, continuará aplicándose la modalidad de tramitación vigente. En los procedimientos que permanezcan en soporte papel deberá presentarse el formulario de actuación previsto en las normas de la IGJ junto con la constancia de pago del arancel correspondiente.
La resolución también delega en las Direcciones y Jefaturas de Departamento la emisión de los instructivos necesarios para aplicar el nuevo régimen y resolver aquellos aspectos procedimentales que no se encuentren contemplados expresamente en la normativa.




