El Ministerio de Justicia aprobó el Plan Nacional de Digitalización y Reorganización Integral del Sistema Registral Automotor, con el objetivo de avanzar hacia trámites digitales, legajos electrónicos, interoperabilidad estatal y una nueva estructura de gestión registral.
El Ministerio de Justicia creó el Plan Nacional de Digitalización y Reorganización Integral del Sistema Registral Automotor, una política pública destinada a ordenar la transformación del régimen registral automotor hacia un modelo digital, interoperable, trazable y con menor dependencia de estructuras físicas, legajos en papel y trámites presenciales.
La medida fue adoptada mediante la Resolución 306/2026, publicada en el Boletín Oficial el 7 de julio de 2026, y entró en vigencia desde esa misma fecha. Su alcance comprende al sistema administrado por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA), con impacto sobre ciudadanos, concesionarios, comerciantes habitualistas, entidades financieras, mandatarios y demás operadores vinculados a la actividad automotor.
El plan se estructura sobre tres ejes estratégicos. El primero apunta a la transformación digital del sistema registral automotor, con revisión integral de trámites, reducción de requisitos documentales, digitalización de procedimientos de extremo a extremo, incorporación de formularios digitales, evolución de títulos, cédulas y certificados hacia formatos electrónicos, y digitalización del acervo documental existente.
El segundo eje aborda la evolución institucional de la DNRPA y de los Registros Seccionales. En ese marco, el plan prevé una reorganización progresiva de la red registral, la normalización de situaciones institucionales, la unificación de competencias, la revisión de registros intervenidos y la adecuación de estructuras físicas a un entorno crecientemente digital. El anexo señala como alcance inicial aproximadamente 200 Registros Seccionales actualmente intervenidos, bajo criterios objetivos y con preservación de la continuidad del servicio.
La resolución también impulsa una redefinición del modelo de prestación del servicio registral automotor. En el esquema proyectado, la actividad registral tenderá a concentrarse en la calificación jurídica especializada, mientras que las tareas repetitivas, formales y susceptibles de automatización serán ejecutadas por plataformas tecnológicas. No obstante, el plan contempla la existencia de oficinas de asistencia presencial para ciudadanos con dificultades de acceso tecnológico o que requieran acompañamiento especializado.
El tercer eje se enfoca en la implementación, adecuación normativa y consolidación del nuevo sistema registral. Para ello, se prevén ajustes reglamentarios, revisión del Digesto de Normas Técnico-Registrales, actualización de procedimientos administrativos, gestión de riesgos, auditorías, indicadores de avance, capacitación y mecanismos de monitoreo permanente.
Entre los resultados esperados, el plan menciona la reducción sustancial de trámites, la eliminación progresiva del soporte papel, la digitalización de legajos existentes, la disminución de tiempos de gestión, la reducción de costos operativos, la mejora de la experiencia de los ciudadanos, el fortalecimiento de la trazabilidad documental y la consolidación de un Sistema Registral Automotor Digital Integrado.
El Anexo de la resolución desarrolla los lineamientos operativos del Plan Nacional de Digitalización y Reorganización Integral del Sistema Registral Automotor y define una hoja de ruta para transformar el modelo registral vigente. El documento parte de un diagnóstico sobre la dependencia del soporte papel, la fragmentación territorial, la complejidad procedimental y los costos operativos del sistema, y plantea avanzar hacia un ecosistema digital sustentado en documentación electrónica, interoperabilidad estatal, automatización y simplificación administrativa.
Digitalización de trámites y legajos
Uno de los puntos centrales es la digitalización integral de los procedimientos registrales. El plan prevé que los trámites puedan iniciarse, gestionarse y concluirse por medios electrónicos, con validación automática de identidad, incorporación electrónica de documentación, pago digital, firma digital, notificaciones electrónicas y emisión electrónica de documentación registral.
Además, el documento contempla la digitalización de la documentación registral existente. Para ello, dispone avanzar sobre los documentos que causan estado sobre cada dominio y elaborar el Certificado Dominial Automotor (CDA) con su información histórica. Esa documentación conformará el Legajo Único Digital Automotor (LUDA), que deberá incorporarse al sistema registral con criterios de indexación, trazabilidad, respaldo y control de calidad.
Reorganización de registros seccionales
El anexo también incorpora una reorganización progresiva de la red de Registros Seccionales. La medida no se presenta únicamente como una reducción de sedes físicas, sino como parte de una adecuación estructural al nuevo modelo digital. El documento menciona la normalización de situaciones derivadas de resoluciones anteriores, la unificación de competencias, la revisión de registros intervenidos y la identificación de registros a cargo de interventores externos que reúnan condiciones para una eventual supresión.
En su etapa inicial, el plan comprende aproximadamente 200 Registros Seccionales actualmente intervenidos, tanto bajo intervención externa como interna. La selección deberá realizarse sobre criterios objetivos, entre ellos el estado institucional, el volumen de trámites, la cantidad estimada de legajos bajo guarda, la cercanía con otros registros, la cobertura territorial alternativa, la capacidad para digitalizar documentación y el riesgo jurídico u operativo asociado al cierre.
Nuevo modelo de calificación registral
Otro aspecto relevante es la redefinición del modelo de prestación del servicio registral. En el esquema previsto, la función principal dejaría de estar centrada en la administración de oficinas físicas y pasaría a concentrarse en la calificación jurídica especializada de los actos registrales. Las tareas repetitivas, formales y susceptibles de automatización quedarían progresivamente apoyadas en plataformas tecnológicas.
La Dirección Nacional mantendría facultades de regulación, supervisión y control sobre los calificadores registrales, con mecanismos permanentes de habilitación, auditoría, evaluación de desempeño y control de calidad. El plan prevé que el nuevo sistema se rija por principios de seguridad jurídica, especialización técnica, trazabilidad, transparencia, accesibilidad, eficiencia administrativa, neutralidad territorial, digitalización integral y fiscalización centralizada.
Gobierno digital, interoperabilidad y ciberseguridad
El nuevo marco normativo plantea que la DNRPA evolucione hacia una organización especializada en gobierno digital, gestión de datos, interoperabilidad, auditoría, supervisión e innovación tecnológica. En ese marco, prevé un modelo de gobernanza digital con políticas, estándares y procedimientos comunes para el ecosistema registral.
También se proyectan mecanismos de interoperabilidad con organismos nacionales, provinciales, municipales y entidades privadas vinculadas al automotor, entre ellos RENAPER, ARCA, Poder Judicial, fuerzas de seguridad, organismos tributarios provinciales, municipios, compañías aseguradoras, entidades financieras y organismos de control. El objetivo es eliminar requerimientos documentales redundantes, permitir el intercambio seguro de información y reducir costos, tiempos de gestión y cargas administrativas para los ciudadanos.
En materia de seguridad de la información, el plan prevé políticas específicas de ciberseguridad, gestión de identidades, autenticación robusta, control de accesos, monitoreo continuo, registro de eventos, prevención de incidentes, recuperación ante contingencias y auditorías periódicas. El anexo considera a la seguridad informática como un componente esencial de la seguridad jurídica registral.
La Resolución 306/2026 encomienda a la DNRPA la elaboración de un cronograma de implementación dentro del plazo de 30 días corridos. A partir de ese cronograma deberán ordenarse las etapas de digitalización documental, simplificación de trámites, reorganización institucional, adecuación normativa, gestión de riesgos, capacitación y puesta en marcha de los mecanismos de control previstos en la nueva normativa.
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