Municipios bonaerenses deberán constituir un domicilio electrónico para notificaciones de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires establece que los municipios deberán constituir un domicilio electrónico para recibir notificaciones y comunicaciones oficiales. La medida busca agilizar y uniformar los procedimientos administrativos relacionados con la fiscalización e inscripción de asociaciones civiles y otras entidades.
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