Declaración en F.931 para empleados con jornada reducida: remuneraciones mínimas y aportes.
En el formulario 931, las remuneraciones 1, 2, 3, 5, 9 y 10 deben reflejar el sueldo bruto del trabajador o, en su defecto, el mínimo de base imponible fijado por ANSES, el que resulte mayor. Las remuneraciones 4 y 8 no deben declararse automáticamente como si fueran jornada completa: si el trabajador no supera la base mínima imponible y no opta por mantener la cobertura de obra social, se informará solo lo efectivamente devengado. Si elige mantener la cobertura, puede integrarse la diferencia hasta el equivalente de jornada completa.
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