Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.
La normativa laboral vigente establece que los recibos de sueldo pueden emitirse en formato papel o digital, sin imponer la obligatoriedad de su digitalización. La Ley de Contrato de Trabajo, modificada por la Ley 27.802, admite el uso de firma digital o electrónica como alternativa válida, mientras que la Resolución 346/2019 de la Secretaría de Trabajo regula los requisitos del formato digital. Asimismo, se reconoce la posibilidad de digitalizar los recibos a efectos de su conservación, otorgándoles plena validez jurídica equivalente al soporte papel.
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