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Últimas normas nacionales, provinciales y locales publicadas en +BDC.

Desregulación y simplificación normativa: la SRT eliminó 122 normas obsoletas sobre riesgos del trabajo
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Desregulación y simplificación normativa: la SRT eliminó 122 normas obsoletas sobre riesgos del trabajo

Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.

Empleados de Comercio: nuevo aumento del 5,7% y bono de $50.000 para julio y agosto
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Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.

Suma fija del Fondo de Enfermedades Profesionales: nuevo monto desde agosto 2026
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Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.

Convenios colectivos: el Gobierno amplió la base para calcular determinados aportes y contribuciones
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Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.

Empleados de comercio: Trabajo aclaró la vigencia del aporte sindical solidario
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Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.

La SRT actualizó el valor de referencia para multas a ART y empleadores autoasegurados
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Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.

Liquidación digital de sueldos: los empleados privados ya pueden consultarla desde Mi Argentina
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Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.

Asignación por Embarazo: ANSES prorrogó hasta julio de 2027 la presentación presencial de solicitudes
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Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.

ANSES actualizó las bases imponibles mínima y máxima para aportes desde julio de 2026
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Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.

RENATRE aumentó la prestación por desempleo rural: los nuevos montos desde julio
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Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 83541/2026 15/04/2026

Recibos de sueldo: validez del formato digital y carácter no obligatorio de su implementación.

La normativa laboral vigente establece que los recibos de sueldo pueden emitirse en formato papel o digital, sin imponer la obligatoriedad de su digitalización. La Ley de Contrato de Trabajo, modificada por la Ley 27.802, admite el uso de firma digital o electrónica como alternativa válida, mientras que la Resolución 346/2019 de la Secretaría de Trabajo regula los requisitos del formato digital. Asimismo, se reconoce la posibilidad de digitalizar los recibos a efectos de su conservación, otorgándoles plena validez jurídica equivalente al soporte papel.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 75999/2025 06/11/2025

Uso y limitaciones del concepto “a cuenta de futuros aumentos” en recibos de sueldo.

El concepto “a cuenta de futuros aumentos” puede utilizarse en los recibos de sueldo solo como anticipo transitorio de un incremento salarial que luego será absorbido al firmarse la paritaria o al otorgarse el aumento definitivo. No existe una prohibición legal, pero la jurisprudencia laboral limita su uso: si la suma se paga en forma sostenida y sin absorción, pasa a integrar el salario habitual del trabajador y su eliminación posterior se considera una reducción salarial prohibida (arts. 12 y 66 LCT).

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 75171/2025 15/10/2025

Recibo de sueldo: validez y consecuencias de la firma en blanco por parte del trabajador.

El empleador no puede requerir que el trabajador firme el recibo de haberes antes de realizar el pago del salario. El artículo 60 de la Ley de Contrato de Trabajo prohíbe la firma en blanco, y los artículos 138 a 142 establecen que el recibo tiene como función acreditar un pago ya efectuado. Por ello, la firma del empleado solo es válida cuando refleja un pago real y concreto. Si el empleador exige la firma previa, incurre en una práctica irregular, ya que el documento perdería su valor probatorio al no corresponderse con una remuneración efectivamente abonada.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 74130/2025 17/09/2025

Límites y formalidades de los anticipos de sueldo según la Ley de Contrato de Trabajo.

El artículo 130 de la Ley de Contrato de Trabajo permite anticipar hasta el 50% de la remuneración mensual, sin que el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) funcione como límite adicional. La interpretación mayoritaria entiende que el tope del 50% se calcula sobre el sueldo bruto, ya que el neto depende de retenciones posteriores. No obstante, parte de la doctrina sugiere verificar que el anticipo no supere la mitad aproximada del neto, en resguardo de la intangibilidad salarial. Los anticipos deben documentarse en recibos formales, registrarse en el Libro de Sueldos, abonarse por medios habilitados y descontarse de la liquidación final del período, asegurando así la trazabilidad y correcta imputación.

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Consulta 73416/2025 22/08/2025

Liquidación de sueldos: procedimiento y orden de prelación frente a múltiples embargos sobre un mismo trabajador.

El artículo 745 del Código Civil y Comercial establece que los embargos se cumplen en orden de prelación: primero debe atenderse el más antiguo hasta su cancelación, y solo luego aplicarse el siguiente. El empleador debe comunicar al juzgado que ordenó el embargo posterior la existencia de la medida anterior y la imposibilidad de retener en simultáneo, salvo que se trate de un embargo por alimentos, que tiene prioridad legal incluso si fue dispuesto con posterioridad.

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