Encargados de edificios. Edificios de renta. CCT 589/10. Incremento salarial para el período julio a septiembre de 2026.
El acuerdo establece un incremento salarial para los meses de julio, agosto y septiembre de 2026.
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El acuerdo establece un incremento salarial para los meses de julio, agosto y septiembre de 2026.
Leer más →Se homologa el acuerdo entre la Unión Personal de Seguridad República Argentina (UPSRA) y la Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigación (CAESI) bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 507/07.
Leer más →El acuerdo establece incrementos salariales mensuales para el período de julio a diciembre de 2026, con ajustes específicos para cada categoría laboral.
Leer más →El acuerdo establece un incremento salarial del 5,7% sobre las remuneraciones básicas del C.C.T. 130/75, a aplicarse en tres tramos de 1,9% en julio, agosto y septiembre de 2026.
Leer más →Se homologa el acuerdo celebrado el 22 de mayo de 2026 entre la Unión Empleados de la Construcción y Afines de la República Argentina y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) junto con la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC). Este acuerdo, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 660/13, establece nuevas condiciones salariales para empleados de la construcción en todo el país, excepto Córdoba.
Leer más →El acuerdo establece un incremento salarial como parte del segundo tramo trimestral de la paritaria anual para el periodo abril 2026-marzo 2027. Se aplicarán aumentos acumulativos del 2,1% en junio, 2% en julio y 1,9% en agosto de 2026 sobre los salarios básicos vigentes en cada mes, incorporando por absorción sumas no remunerativas de meses anteriores. Además, se acuerda el pago de sumas mensuales no remunerativas en junio y julio de 2026, diferenciadas por categorías, que impactarán en los adicionales convencionales por categoría y zona. Estas sumas estarán sujetas a aportes y contribuciones a la obra social. El acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de agosto de 2026, con una comisión especial para el seguimiento de variables económicas, y establece cláusulas de absorción y compensación de incrementos voluntarios otorgados por los empleadores. Finalmente, se ratifica el compromiso de mantener la paz social durante la vigencia del acuerdo.
Leer más →El acuerdo establece un incremento salarial para los trabajadores de edificios de renta y horizontal, adicionando al básico de mayo de 2026 la suma de $50.000 para la cuarta categoría y $25.000 para las restantes, descontando estos importes de una suma fija remuneratoria previa. Además, se aplica un incremento del 2.1% sobre el salario básico de mayo de 2026, afectando a los adicionales de convenio. Se establece una suma fija remuneratoria mensual de $30.000 para jornada completa, proporcional para otras categorías, a abonarse desde junio de 2026. Las partes acuerdan reunirse en julio de 2026 para discutir futuras recomposiciones salariales. El acuerdo está sujeto a homologación, pero se aplicará a cuenta si no se homologa antes del pago de junio de 2026.
Leer más →El acuerdo establece una suma no remunerativa de $30.000 para los trabajadores comprendidos en el CCT 40/89, a abonarse con los haberes de junio de 2026. De esta suma, $27.258 se incorporarán a los salarios básicos del chofer de primera categoría y proporcionalmente a todas las categorías a partir de julio de 2026. Además, se ratifica el compromiso de realizar una revisión en septiembre de 2026 para evaluar el poder adquisitivo y el impacto económico general. Las partes se comprometen a solicitar la homologación del acuerdo ante la autoridad administrativa.
Leer más →El acuerdo colectivo celebrado el 19 de junio de 2026 establece una nueva escala de salarios básicos para los meses de junio, julio y agosto de 2026, aplicable a diversas categorías profesionales dentro del sector de sanidad. Los incrementos se implementarán en tres tramos entre junio y agosto de 2026.
Leer más →El acuerdo establece una nueva escala de salarios básicos para los meses de junio, julio y agosto de 2026, aplicable a diversas categorías, con incrementos progresivos.
Leer más →El acuerdo establece una nueva escala de salarios básicos para los meses de junio, julio y agosto de 2026, con incrementos progresivos en tres tramos.
Leer más →El acuerdo establece una nueva escala de salarios básicos para los meses de junio, julio y agosto de 2026, distribuidos en tres tramos. Los incrementos salariales acordados impactan en los adicionales como presentismo y antigüedad.
Leer más →La medida fija incrementos escalonados entre abril y julio de 2026, incorpora al básico la suma no remunerativa pactada para marzo y eleva el adicional por zona desfavorable al 31%.
Leer más →La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares fija nuevos incrementos sobre las remuneraciones horarias y mensuales mínimas del personal comprendido en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, establecido por la Ley 26.844, con aplicación escalonada para los meses de abril, mayo, junio y julio de 2026.
Leer más →El acuerdo establece un incremento en las escalas salariales básicas para las categorías del Convenio Colectivo de Trabajo N° 500/07, vigente entre el 1° de abril y el 30 de junio de 2026. Las escalas absorben incrementos previos otorgados desde el 1° de diciembre de 2025.
Leer más →El acuerdo celebrado entre el Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines de la República Argentina (SETIA) y la Federación de Industrias Textiles Argentina (FITA) establece nuevas escalas salariales para el período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de junio de 2026.
Leer más →La resolución homologa el acuerdo celebrado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (FAEVYT), bajo el Convenio Colectivo de Trabajo N° 547/08. El acuerdo establece el traslado de la conmemoración del día del empleado de la actividad turística al 27 de septiembre de cada año, aplicable a las partes signatarias y en el ámbito de representatividad correspondiente.
Leer más →Se homologa el acuerdo salarial celebrado entre la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOMRA) y la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (AFARTE) bajo el CCT 260/75. El acuerdo establece nuevas condiciones salariales para trabajadores en Río Grande, Tierra del Fuego, en las ramas autopartistas y electrónica. La resolución confirma la validez del acuerdo y su registro formal.
Leer más →El acuerdo celebrado entre la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOMRA) y la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (AFARTE) establece incrementos salariales tanto remunerativos como no remunerativos aplicables desde el 1° de abril de 2025 hasta el 31 de agosto de 2025.
Leer más →El acuerdo establece incrementos salariales para diversas categorías de trabajadores rurales, con vigencia desde marzo de 2026. Los incrementos se aplican en etapas, comenzando en marzo y extendiéndose hasta julio de 2026 para la mayoría de las actividades, y hasta septiembre para la actividad olivícola. Las sumas acordadas incluyen componentes remunerativos y no remunerativos, que varían según la categoría y el mes de aplicación. Además, se establece una cuota de solidaridad del 2% para trabajadores no afiliados, a ser retenida por los empleadores. Finalmente, se contempla la posibilidad de reabrir las negociaciones salariales a solicitud de las partes, para ajustar las remuneraciones en función de cambios económicos.
Leer más →El acuerdo establece un incremento salarial del 3% mensual para los meses de abril, mayo y junio de 2026, calculado sobre las remuneraciones del mes anterior.
Leer más →El acuerdo establece un incremento salarial no remunerativo y no acumulativo del 6,65% sobre los haberes de marzo de 2026, distribuido en tres tramos: 3,65% en abril, 1,50% en mayo y 1,50% en junio, incorporándose al básico en julio de 2026.
Leer más →El acuerdo establece un incremento salarial escalonado del 5% sobre las remuneraciones básicas del C.C.T. 781/20, aplicable en tres etapas: 2% en abril, 1.5% en mayo y 1.5% en junio de 2026. Este incremento es de carácter remunerativo y se calcula sobre los básicos de marzo de 2026.
Leer más →La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares se reunirá el 30 de abril de 2026 para analizar la evolución de las remuneraciones mínimas del sector.
Leer más →La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares convoca a sus integrantes a una sesión plenaria ordinaria para analizar la evolución de las remuneraciones mínimas del personal incluido en el Régimen especial de la Ley 26.844. La reunión se realizará el 30 de abril de 2026 a las 10 hs. El orden del día estará centrado en la evaluación salarial del sector, en el marco de las atribuciones de la Comisión para fijar las remuneraciones mínimas del personal de casas particulares.
Leer más →Se homologa el acuerdo salarial celebrado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios, entre otras entidades, bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
Leer más →El acuerdo establece un incremento salarial escalonado del 5% sobre las remuneraciones básicas del C.C.T. 130/75, aplicable en abril, mayo y junio de 2026. Este incremento es de carácter remunerativo y se liquidará sobre los básicos de marzo de 2026.
Leer más →El acuerdo establece que durante los meses de abril, mayo y junio de 2026, el personal comprendido en el CCT 454/06 recibirá una Gratificación Extraordinaria No Remunerativa (GENR), calculada sobre los salarios básicos de convenio de cada categoría al 1 de abril de 2026.
Leer más →El acuerdo establece que a partir del 1 de abril de 2026 se reconocerán y abonarán sumas no remunerativas que serán consideradas para el cálculo de horas extras y otros adicionales. Estas sumas se incorporarán a los salarios básicos el 1 de julio de 2026.
Leer más →El acuerdo establece nuevos salarios básicos conformados con vigencia a partir del 1 de abril de 2026, los cuales impactarán en los adicionales convencionales. Asimismo, se dispone una gratificación extraordinaria no remunerativa, pagadera en dos cuotas con los haberes de abril y mayo de 2026, sin incidencia en adicionales ni sujeción a aportes o contribuciones.
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