Ajuste por inflación impositivo: tratamiento de sementeras y granos en acopio.
Las existencias agropecuarias al 31/12/2022, como sementeras, cereales en campo o acopiados, constituyen bienes de cambio y deben computarse como activos monetarios para el ajuste por inflación impositivo. Su inclusión puede generar un ajuste negativo, dado que son rubros expuestos a los efectos de la inflación conforme a la mecánica del ajuste estático.
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