Tucumán: se reemplaza la obligación legal de llevar el libro especial sueldos con la inscripción en los sistemas de ARCA.
Se establece que la obligación legal de los empleadores de llevar un libro especial, registrado y rubricado conforme al artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo se considerará cumplida con la inscripción del trabajador en los sistemas registrales de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en línea con lo dispuesto por el artículo 1° del Anexo II del Decreto 847/2024, reglamentario de la Ley 27.742. En consecuencia, se deja sin efecto la obligatoriedad de la Resolución 1162/14-SET en lo relativo a dicha exigencia formal dentro del ámbito de la Secretaría de Estado de Trabajo.
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