Procedimiento. Régimen de facilidades de pago permanente. Su implementación. Res. Grales. (AFIP) 4057 y 4268. Su sustitución.
Se establece, con vigencia a partir del 1 de febrero de 2023, un régimen de facilidades de pago de carácter permanente destinado a la regularización de: a) Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas; y b) Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, todo ello conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones-.
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