Régimen de percepción de IVA a sujetos no categorizados: ampliación de actividades alcanzadas por la presunción de consumidor final en operaciones de hasta $10 millones.
Se modifica el inciso b) del artículo 2° de la Resolución General 2126, incorporando nuevas actividades económicas a la presunción de consumidor final en el régimen de percepción del impuesto al valor agregado.
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