Aportes y contribuciones convencionales: nueva base de cálculo y destino exclusivo de los fondos patronales acordados con sindicatos.
El Poder Ejecutivo amplía la base de cálculo utilizada para determinar los límites aplicables a los aportes, contribuciones y demás cargas económicas previstas en las Convenciones Colectivas de Trabajo. La medida reglamenta los topes del 0,5% y del 2% establecidos por el artículo 9° de la Ley N° 14.250, modificado por la Ley de Modernización Laboral N° 27.802.
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