Inocencia fiscal: reglamentación del régimen de declaración jurada simplificada del impuesto a las ganancias.
El Poder Ejecutivo Nacional reglamenta el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias previsto en el Capítulo III del Título II de la Ley 27.799, aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que cumplan determinados parámetros de ingresos, patrimonio y perfil fiscal.
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