Mendoza: regulación de billeteras electrónicas de menores de edad.
Se incorpora el artículo 44 quinquies a la Ley N° 5547 de Defensa del Consumidor de la provincia de Mendoza, estableciendo que en las relaciones de consumo vinculadas a servicios financieros que involucren billeteras electrónicas a nombre de menores de edad, los padres o tutores responsables deberán contar con acceso irrestricto a toda la información relacionada con consumos, transferencias e inversiones de dichas cuentas.
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