Comercio. Empleados de agencias de viajes y turismo. CCT 547/08. Incremento salarial y sumas no remunerativas para mayo, junio, julio y agosto de 2026.
El acuerdo establece un incremento remunerativo total del 5%, aplicado en forma nominal y no acumulativa: 2% desde mayo, 1,5% desde junio y 1,5% desde julio de 2026, sobre los básicos de abril de 2026 más las sumas no remunerativas vigentes.
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