Impuestos Nacionales
Consulta 83406/2026
10/04/2026
Se analiza el tratamiento impositivo de los honorarios de directores cuando superan los límites previstos societariamente, distinguiendo su validez desde la Ley General de Sociedades y su deducibilidad en el Impuesto a las Ganancias. Se concluye que la decisión asamblearia no modifica el límite fiscal, el cual se rige por el artículo 91 inciso i) de la ley del tributo, generando diferencias permanentes entre el resultado contable y el impositivo, tanto en casos sin distribución de dividendos como con asignación parcial de utilidades.
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