Intereses por préstamo para compra de mercadería en explotación unipersonal: deducibilidad en Ganancias.
Los intereses de un préstamo solicitado por una explotación unipersonal para comprar mercadería son deducibles en el impuesto a las ganancias, conforme al principio de universalidad del pasivo (art. 85 de la ley). No existe un tope específico, pero si parte de los ingresos están exentos o no gravados, la deducción debe prorratearse según el art. 190 del decreto reglamentario, en función de la proporción de rentas gravadas respecto del total.
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