Despido indirecto por negativa de tareas: procedencia de las indemnizaciones y aplicación del artículo 55 de la Ley 27.802 a los créditos laborales pendientes.
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 16 consideró justificado el despido indirecto de un trabajador de Sitepra S.A. por negativa de tareas. La respuesta extemporánea de la empleadora, valorada junto con la prueba testimonial y las circunstancias admitidas por la propia empresa, permitió tener por acreditada una injuria suficiente para extinguir el vínculo.
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