Monotributo: las acreditaciones vinculadas al CUIT se computan como ingresos si no se demuestra que pertenecen a un tercero.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala V, confirmó la exclusión de un contribuyente del Monotributo porque las acreditaciones bancarias provenientes de tarjetas de crédito y débito superaron el límite máximo de la categoría H.
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