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Normativa

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Últimas normas nacionales, provinciales y locales publicadas en +BDC.

Monotributo: vence hoy la recategorización, qué sanciones rigen y por qué se reclama una prórroga
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Monotributo: vence hoy la recategorización, qué sanciones rigen y por qué se reclama una prórroga

Procedimiento para inscribirse como importador ante ARCA.

La recaudación de ARCA subió 35,1% en julio y alcanzó $22,97 billones
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Procedimiento para inscribirse como importador ante ARCA.

RIGI: aprobaron millonario proyecto para producir cobre, oro y plata en San Juan
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Procedimiento para inscribirse como importador ante ARCA.

ARCA extiende solvencia de operadores de comercio exterior hasta septiembre de 2026
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Procedimiento para inscribirse como importador ante ARCA.

Multas por no presentar regímenes de información: ¿son automáticas y hasta cuánto pueden llegar?
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Procedimiento para inscribirse como importador ante ARCA.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75849/2025 03/11/2025

Procedimiento para inscribirse como importador ante ARCA.

La inscripción como importador se realiza mediante el F. 420/R en el Sistema Registral de ARCA, cumpliendo los requisitos impositivos y aduaneros establecidos. El trámite incluye tres etapas —inicio, sustanciación y alta— y requiere acreditar documentación complementaria dentro de los 30 días. Solo una vez verificados los antecedentes y requisitos, el organismo emite la constancia de registro en el padrón de operadores de comercio exterior.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75847/2025 03/11/2025

Ganancias: valuación de participaciones de personas físicas en SRL y SAS.

Las participaciones en SAS se valúan al costo de adquisición más gastos asociados, mientras que las participaciones en SRL se determinan según el último balance, considerando capital, resultados y cuenta particular. Si no existe balance, se aplica el valor del capital efectivamente invertido.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75769/2025 31/10/2025

Devolución de retenciones de Ganancias sufridas por monotributista que superó parámetros de ingresos y volvió al régimen simplificado.

Las retenciones practicadas bajo la RG 2616 no pueden recuperarse mientras el contribuyente permanezca dentro del régimen simplificado, ya que no existe una declaración jurada del Impuesto a las Ganancias que exteriorice el crédito. Según la RG DGI 2224/1979, las devoluciones o repeticiones solo proceden cuando los saldos acreedores surgen de declaraciones juradas, determinaciones de oficio o resoluciones administrativas o judiciales.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75763/2025 31/10/2025

Rectificación en menos del IVA: procedimiento ante error en el débito fiscal y pago en exceso.

Cuando una declaración jurada de IVA ya presentada contiene un error que incrementa indebidamente el débito fiscal y la diferencia supera el 5 % de la base imponible, la rectificativa en menos no reemplaza automáticamente a la original. Debe presentarse la DDJJ rectificativa con los valores corregidos y, en forma paralela, tramitar ante ARCA una “Solicitud de registración de declaración jurada rectificativa en menos” a través de Presentaciones Digitales, adjuntando documentación que justifique el error.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75644/2025 29/10/2025

Tratamiento impositivo de una SRL dedicada a la compra y venta de inmuebles.

Las SRL dedicadas a la compraventa de inmuebles tributan Impuesto a las Ganancias bajo el régimen general de sociedades y no por impuesto cedular. En IVA, solo quedan alcanzadas cuando actúan como constructoras y venden inmuebles nuevos, gravándose la obra con el 10,5% o 21% según el destino, mientras que las ventas de inmuebles usados o terrenos se encuentran exentas.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75588/2025 27/10/2025

Bienes Personales: cálculo de amortización de un rodado y determinación del valor computable.

En Bienes Personales, el valor computable de un rodado se obtiene deduciendo del costo actualizado la amortización acumulada según el artículo 18 del decreto reglamentario. La vida útil estimada es de cinco años, aplicando un coeficiente anual del 20%. El año de alta siempre se cuenta completo, sin prorrateos mensuales. Cumplido el quinto año, el bien se declara como “totalmente amortizado” con valor cero, sin aplicar valores de tabla para su valuación.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75584/2025 27/10/2025

Retenciones a monotributista dado de baja de oficio en operaciones con consignatarias de hacienda.

El último párrafo del artículo 3° de la Resolución General (AFIP) 2616/2009 establece que, si al consultar la constancia de inscripción el sujeto no figura adherido al Monotributo ni inscripto en IVA o Ganancias, el agente pagador debe retener el 35% en concepto de Ganancias y el 21% de IVA. En los casos de monotributistas dados de baja de oficio, se considera que no revisten condición frente a dichos impuestos, por lo que corresponde aplicar las retenciones totales previstas en la norma.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75529/2025 24/10/2025

Crédito fiscal de IVA en resúmenes bancarios: criterios para su cómputo por parte de profesionales.

Un abogado que ejerce actividad gravada puede computar como crédito fiscal el IVA incluido en los resúmenes de cuenta bancaria, siempre que la cuenta esté directamente vinculada a su actividad profesional. Las comisiones bancarias son gastos asociados y el extracto sirve como comprobante válido (tipo “otros comprobantes” código 099). Si la cuenta es de uso mixto, el crédito debe prorratearse según la afectación. No corresponde computar el IVA de cuentas personales.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75523/2025 24/10/2025

Planes de facilidades de pago para Ganancias y Bienes Personales 2024: opciones vigentes y condiciones diferenciales.

ARCA ofrece dos regímenes vigentes de facilidades de pago para Ganancias y Bienes Personales 2024. El plan permanente (RG 5321/2023) permite financiar hasta 6 cuotas con anticipos entre el 17 % y el 28 %, con una tasa del 100 % del interés resarcitorio. El plan transitorio (RG 5711/2025 y modif. RG 5777/2025), de carácter excepcional, otorga condiciones más ventajosas: hasta 60 cuotas, anticipos desde el 5 % y una tasa reducida al 50 %, con adhesión habilitada hasta el 31 de diciembre de 2025.

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Facturación y Registración / Impuestos Nacionales
Consulta 75399/2025 22/10/2025

Facturación de gastos de hotel y comidas para auditores externos: tipo de comprobante y tratamiento del IVA.

Los hoteles y restaurantes pueden emitir factura tipo “A” a nombre y CUIT de la empresa que contrata el servicio, sin necesidad de presentar el antiguo Formulario 8001, eliminado por la RG 4520. No obstante, el IVA incluido en esos comprobantes no sería computable como crédito fiscal, ya que la ley presume que los servicios de alojamiento y gastronomía no guardan relación directa con operaciones gravadas.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75395/2025 22/10/2025

Baja de oficio por Decreto 1299/98: cómo regularizar la situación ante ARCA.

La baja de oficio prevista por el Decreto 1299/98 se aplica cuando el contribuyente no presenta declaraciones juradas durante tres períodos anuales o treinta y seis mensuales consecutivos. En estos casos, la baja rige desde el período siguiente al incumplimiento. Para verificar qué debe regularizar, la contribuyente debe ingresar al “Sistema Registral” de ARCA y consultar en “Consultas / Motivos de Baja”.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75393/2025 22/10/2025

Tratamiento fiscal de inmuebles en condominio y requisitos para la obtención del CUIT.

Cuando un inmueble pertenece a varios condóminos, el condominio debe contar con un CUIT propio —aunque no tribute impuestos— para identificar la relación entre sus integrantes. Cada condómino declara su parte proporcional del alquiler, pudiendo adherir individualmente al Monotributo o tributar en el régimen general según corresponda. El CUIT del condominio se gestiona conforme a la RG 1032/2001 mediante el Formulario 460/J, consignando como forma jurídica el código 241 “Condominio” y presentando la escritura o contrato del inmueble junto con la constancia de domicilio fiscal. El trámite se realiza en el servicio “Inscripción y Modificación de Personas Jurídicas” de ARCA.

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Contabilidad y Auditoría / Impuestos Nacionales
Consulta 75267/2025 20/10/2025

Plazos de conservación de documentación contable e impositiva y requisitos para su digitalización.

La documentación contable y fiscal debe conservarse por al menos diez años desde su fecha de emisión o del último asiento, según el artículo 328 del Código Civil y Comercial de la Nación. Puede mantenerse en soporte digital solo si la empresa obtiene autorización previa del Registro Público (IGJ u organismo competente) conforme al artículo 329, mediante un trámite que requiere descripción técnica del sistema, dictamen de contador y transcripción de la resolución de autorización en los libros societarios. En materia impositiva, la Ley 11.683 y el Decreto 1397/79 también exigen conservar la documentación por diez años, ya que se suman los cinco años de prescripción más cinco adicionales.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75242/2025 17/10/2025

Alcance del impuesto a las ganancias sobre las pensiones graciables.

Las pensiones graciables están alcanzadas por el impuesto a las ganancias cuando derivan del trabajo personal del beneficiario. El artículo 82 inciso c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias incluye las jubilaciones, pensiones y retiros como rentas de cuarta categoría siempre que tengan origen laboral. Según el dictamen DiALIR 7/08, este criterio también comprende las pensiones graciables otorgadas por el Congreso bajo el artículo 75 inciso 20 de la Constitución Nacional.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75240/2025 17/10/2025

Ganancias: obligación de presentar el Formulario 1359 en liquidaciones finales.

El archivo .txt del Formulario 1359 solo debe generarse y presentarse en las liquidaciones finales, anuales o informativas de aquellos empleados que hayan estado alcanzados por retenciones del Impuesto a las Ganancias en el ejercicio fiscal. Según la Resolución General 4003 (ARCA, ex AFIP), el empleador solo está obligado a confeccionar la liquidación cuando el trabajador fue pasible de retenciones.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75236/2025 17/10/2025

Exclusión automática del monotributo y transición al régimen general: que hacer y como acceder a beneficios.

La exclusión del monotributo opera automáticamente desde el momento en que se verifica la causal —por ejemplo, superar el límite de ingresos—, sin necesidad de notificación previa de ARCA. El contribuyente debe gestionar de inmediato la baja en el monotributo y las altas en IVA, Ganancias y Autónomos. Sigue vigente el Procedimiento Permanente de Transición al Régimen General, que reemplaza al antiguo “puente” y otorga beneficios: cómputo del IVA de los últimos 12 meses como crédito fiscal, deducción en Ganancias del IVA neto de ese mismo período y reducción progresiva del saldo deudor en IVA durante tres años.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75169/2025 15/10/2025

Quebrantos impositivos: requisitos y límites para su cómputo en la declaración jurada de Ganancias de personas jurídicas.

Las personas jurídicas comprendidas en el artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias pueden trasladar los quebrantos impositivos generados en 2024 a los ejercicios siguientes, por hasta cinco años, según lo dispone el artículo 25 de la LIG. Los quebrantos de carácter general pueden compensarse sin límite porcentual contra la totalidad de las ganancias gravadas de fuente argentina obtenidas en 2025, por lo que es posible absorber hasta el 100% de la utilidad neta. Actualmente, la normativa no permite actualizar los quebrantos por inflación, ya que rige la suspensión del mecanismo de ajuste establecida por la Ley 24.073.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75165/2025 15/10/2025

Tratamiento del IVA en servicios digitales prestados por sujetos del exterior: percepción o ingreso directo del impuesto.

El tratamiento del IVA por servicios digitales de proveedores del exterior varía según la condición fiscal del usuario y si interviene un intermediario local. Cuando el pago se realiza con tarjeta de crédito, débito o a través de un agregador de pagos argentino, este actúa como agente de percepción y liquida el impuesto ante ARCA; el monto retenido tiene carácter de impuesto ingresado. En cambio, si el pago se efectúa directamente al exterior sin intermediario residente, el responsable inscripto debe autoliquidar e ingresar el IVA hasta el último día del mes del pago, según la RG 4240/2018. Los monotributistas y consumidores finales no pueden computar el impuesto, por lo que la percepción del 21 % forma parte del costo del servicio.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75063/2025 13/10/2025

Venta de inmuebles recibidos por ex socio de una constructora: encuadre impositivo y tratamiento fiscal adecuado.

La venta de departamentos obtenidos por un ex socio de una sociedad constructora se considera una actividad habitual vinculada al negocio inmobiliario, alcanzada por el régimen general del Impuesto a las Ganancias como renta de tercera categoría. No corresponde el impuesto cedular ni puede encuadrarse en el Monotributo, siendo lo más adecuado mantener la condición de responsable inscripto.

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Impuestos Nacionales
Consulta 75059/2025 13/10/2025

Cesión de derechos fiduciarios en fideicomiso: tratamiento impositivo y alcance del impuesto cedular

La cesión de derechos fiduciarios o de adjudicación de unidades en un fideicomiso se considera una transferencia onerosa de derechos sobre inmuebles y tributa bajo el impuesto cedular con alícuota del 15%. Solo si el contribuyente actúa como habitualista, el resultado pasa a integrar la renta general del impuesto a las ganancias.

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Impuestos Nacionales
Consulta 74966/2025 08/10/2025

Declaración de criptomonedas en Binance: tratamiento en Ganancias y Bienes Personales.

Las criptomonedas alojadas en Binance, como XRP, se consideran activos de fuente extranjera, ya que el exchange y el emisor no están radicados en Argentina. En el Impuesto a las Ganancias, deben incorporarse al patrimonio al costo de adquisición y solo generan renta gravada al momento de su venta, determinándose la ganancia por la diferencia entre el valor de venta y dicho costo. En Bienes Personales, deben declararse como bienes situados en el exterior y valuarse al último valor de cotización al 31 de diciembre o, en su defecto, al costo de compra.

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Impuestos Nacionales
Consulta 74964/2025 08/10/2025

Paso del Monotributo al Régimen General: acceso al beneficio de transición sin permanencia mínima.

La normativa (Ley 27.618, Decreto 337/2021 y RG 5003/2021) no exige un tiempo mínimo de permanencia en el Monotributo para acceder a la reducción del débito fiscal en IVA al pasar al Régimen General. El beneficio aplica siempre que la renuncia o exclusión se comunique dentro del plazo previsto, el alta en IVA se realice oportunamente y los ingresos brutos no superen el 50% del tope para microempresas.

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Impuestos Nacionales
Consulta 74960/2025 08/10/2025

Rectificación de declaraciones juradas de IVA: cómo se imputa el pago original.

Al presentar una declaración jurada rectificativa de IVA no se debe volver a informar el monto pagado en la declaración original, ya que el sistema no lo solicita ni lo contempla. Si el nuevo cálculo determina un importe mayor, la diferencia se reflejará en el Sistema de Cuentas Tributarias (SCT), desde donde podrá generarse el VEP solo por el saldo pendiente. Si el resultado es menor, el excedente quedará registrado como saldo a favor del contribuyente para compensar futuras obligaciones o solicitar su devolución.

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Impuestos Nacionales
Consulta 74958/2025 08/10/2025

Comunicaciones de ARCA por presuntas deudas del derecho de exportación de servicios: alcance durante su vigencia.

Ante el envío de notificaciones de ARCA a contribuyentes por supuestas deudas del derecho de exportación de servicios correspondientes a los años 2019-2021, corresponde aclarar que el tributo solo era exigible cuando las exportaciones anuales superaban los USD 600.000 y el contribuyente no contaba con certificado MiPyME. El pago siempre se realizaba en pesos mediante VEP (Impuesto 2091 – Concepto 800 – Subconcepto 800). Los monotributistas y pequeñas empresas que no superaron ese umbral o estaban inscriptos como MiPyME pueden responder acreditando su exención o desestimando el requerimiento.

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Impuestos Nacionales
Consulta 74870/2025 06/10/2025

Impuesto a las Ganancias: valuación de existencias finales de mercaderías importadas.

Para determinar el valor impositivo de las existencias finales de mercaderías importadas, se aplica el criterio del artículo 56 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y el artículo 136 del decreto reglamentario. El “valor de la última compra” corresponde al costo total de adquisición puesto en condiciones de venta, que incluye el precio facturado por el proveedor del exterior (valor CIF) más los gastos de nacionalización, derechos de importación, tasas, seguros, fletes, almacenaje y cualquier otro costo necesario hasta su ingreso al depósito o punto de venta.

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Contabilidad y Auditoría / Impuestos Nacionales
Consulta 74868/2025 06/10/2025

Adquisición de inmueble en cuotas en moneda extranjera: tratamiento contable e impositivo hasta la escrituración.

Cuando una sociedad adquiere un inmueble en cuotas en dólares y solo cuenta con el boleto de compraventa —sin posesión ni escritura—, el bien no se reconoce aún como activo fijo, sino como un crédito o compromiso en moneda extranjera. Según la RT 56 (FACPCE) y la Ley del Impuesto a las Ganancias, las deudas o créditos en moneda extranjera deben valuarse al tipo de cambio vigente al cierre de cada ejercicio, y las diferencias de cambio que se generen son resultados gravados.

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