Colaboradores independientes en negocios con empleados: compatibilidad y límites.
Una persona humana puede mantener empleados en relación de dependencia y, al mismo tiempo, incorporar colaboradores bajo el régimen de trabajadores independientes inscriptos en el PADIC. No existe una restricción legal por tipo de actividad ni por coexistencia de ambas figuras, siempre que los colaboradores mantengan autonomía real y no cumplan tareas propias de una relación laboral encubierta. Es clave evitar subordinación, exclusividad o funciones similares a las de los empleados registrados.
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