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La SRT actualizó el valor MOPRE para las multas de riesgos del trabajo desde agosto de 2026
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Monotributistas jubilados: procedimiento para registrar el beneficio previsional en el padrón y efectos en los aportes.

Trabajo agrario: publicaron el acta acuerdo y las nuevas escalas salariales desde julio de 2026 para personal rural
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Monotributistas jubilados: procedimiento para registrar el beneficio previsional en el padrón y efectos en los aportes.

Ganancias sobre sueldos en dólares: cómo calcular retención y las claves pendientes de reglamentación
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Monotributistas jubilados: procedimiento para registrar el beneficio previsional en el padrón y efectos en los aportes.

Cuota Transparente: prorrogan 120 días más la adecuación de contratos y facturas de prepagas y obras sociales
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Monotributistas jubilados: procedimiento para registrar el beneficio previsional en el padrón y efectos en los aportes.

Paritaria de encargados de edificios: aumentos y sumas remunerativas para julio, agosto y septiembre de 2026
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Monotributistas jubilados: procedimiento para registrar el beneficio previsional en el padrón y efectos en los aportes.

Paritaria UATRE 2026: nuevos salarios para trabajadores rurales permanentes desde julio 2026
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Monotributistas jubilados: procedimiento para registrar el beneficio previsional en el padrón y efectos en los aportes.

Reforma Laboral: CABA elimina la rúbrica de documentación laboral desde junio de 2026
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Monotributistas jubilados: procedimiento para registrar el beneficio previsional en el padrón y efectos en los aportes.

Asignaciones familiares agosto 2026: nuevos montos, rangos y topes de ingresos
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Aportes y contribuciones: nuevos topes de la base imponible desde agosto de 2026
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Desregulación y simplificación normativa: la SRT eliminó 122 normas obsoletas sobre riesgos del trabajo
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Monotributistas jubilados: procedimiento para registrar el beneficio previsional en el padrón y efectos en los aportes.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 75061/2025 13/10/2025

Monotributistas jubilados: procedimiento para registrar el beneficio previsional en el padrón y efectos en los aportes.

El monotributista que obtiene un beneficio jubilatorio bajo la Ley 18.037/38, la Ley 24.241 o regímenes provinciales adheridos al sistema de reciprocidad debe registrar su condición en el padrón mediante el portal Monotributo. Desde entonces, aporta solo el componente previsional de la categoría A y deja de generar aportes al sistema de obras sociales, según lo previsto por el art. 17 de la RG 4309/2018 y el art. 13 de la Ley 24.476.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 75057/2025 13/10/2025

Liquidación final por jubilación de viajante: procedencia y cálculo de la indemnización por clientela.

La jubilación de un viajante se liquida como una renuncia, sin preaviso ni indemnización por antigüedad, pero con derecho a la indemnización por clientela, equivalente al 25 % de la prevista en el artículo 245 de la LCT. Dicha base de cálculo está sujeta al mismo tope legal aplicable a la indemnización por antigüedad.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 74864/2025 06/10/2025

UTE sin personal activo: procedimiento para recuperar saldo a favor por retenciones de SUSS.

Cuando una Unión Transitoria de Empresas (UTE) finaliza sus operaciones y mantiene un saldo a favor por retenciones de aportes y contribuciones (SUSS) no compensable, puede solicitar su transferencia a las empresas integrantes conforme a la RG 2761/2010 (AFIP). La distribución se realiza según el porcentaje de las remuneraciones declaradas por cada integrante en los tres períodos previos a la solicitud.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 74862/2025 06/10/2025

Casas particulares: tratamiento de los viáticos en la liquidación de haberes.

En el régimen de trabajadoras de casas particulares, como en el régimen general de contrato de trabajo, los viáticos solo se consideran no remunerativos cuando la empleada presenta comprobantes que respalden los gastos efectuados. Si el empleador abona una suma fija sin exigir rendición, esos montos se consideran remunerativos, integrando la base de cálculo para vacaciones, aguinaldo y demás conceptos.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 74765/2025 02/10/2025

Libre elección de obra social desde el inicio de la relación laboral.

Con la reforma introducida por el DNU 70/2023 (art. 311), los trabajadores ya no están obligados a permanecer un año en la obra social sindical de su actividad, como establecía el Decreto 438/2021. Ahora, desde el inicio de la relación laboral pueden elegir libremente a qué obra social derivar sus aportes dentro del régimen de la Ley 23.661. Sin embargo, una vez ejercida la opción, rige un plazo mínimo de permanencia de doce meses fijado por la Superintendencia de Servicios de Salud (Res. 201/2024), luego del cual se puede volver a cambiar de obra social.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 74643/2025 30/09/2025

Aportes previsionales de trabajador menor que cumple 18 años: cómo liquidar el mes del cumpleaños.

De acuerdo con la Ley 24.241, los aportes y contribuciones previsionales al SIPA y al INSSJP se vuelven obligatorios desde el mes calendario en el que el trabajador cumple 18 años, sin importar el día exacto del cumpleaños. En consecuencia, si el empleado alcanza la mayoría de edad el 27 de septiembre, corresponde liquidar aportes y contribuciones por todo el mes de septiembre, además de los demás conceptos habituales de seguridad social.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 74453/2025 25/09/2025

Alta laboral de empleado para tareas en domingos, feriados y reemplazos ocasionales.

Cuando una trabajadora presta servicios en forma estable todos los domingos y feriados, lo adecuado es registrarla como empleada permanente a tiempo parcial conforme al art. 92 ter de la LCT, con salarios y aportes proporcionales a la jornada convenida. En cambio, si su prestación se limita a reemplazos esporádicos o necesidades transitorias, corresponde utilizar la modalidad de contrato eventual prevista en el art. 99 LCT, documentando siempre la causa objetiva que justifique la contratación.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 74277/2025 22/09/2025

Contratos a plazo fijo: conceptos a incluir en una liquidación final.

En la liquidación final de un contrato a plazo fijo corresponde abonar las remuneraciones pendientes, el proporcional de sueldo anual complementario y las vacaciones proporcionales no gozadas. Si el contrato tuvo una duración menor a un año y se extingue al vencimiento con preaviso, no corresponde indemnización. En cambio, si la duración fue igual o mayor a un año, se aplica la indemnización reducida del art. 247 LCT (la mitad de la prevista en el art. 245). Si el empleador no preavisa, debe abonarse la indemnización sustitutiva de un mes, y si la ruptura es anticipada, se deben reconocer los salarios que hubieran correspondido hasta el vencimiento pactado.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 74132/2025 17/09/2025

Cómputo de antigüedad en caso de renuncia y posterior reingreso del trabajador.

De acuerdo con el artículo 18 de la LCT, cuando un trabajador renuncia y luego es recontratado por el mismo empleador, la antigüedad se acumula, sumando los períodos trabajados en cada vínculo, sin importar la causa de la interrupción. En el ejemplo planteado (alta en enero 2024, renuncia en diciembre 2024 y nuevo ingreso en agosto 2025), corresponde reconocer 1 año de antigüedad más el tiempo del nuevo contrato. En el alta temprana, se informa siempre la fecha de reingreso (agosto 2025 en este caso), mientras que el cómputo de la antigüedad acumulada se aplica para beneficios laborales como vacaciones, preaviso, indemnizaciones y adicionales. La categoría laboral puede modificarse, salvo disposición expresa de convenio o acuerdo entre las partes.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 74130/2025 17/09/2025

Límites y formalidades de los anticipos de sueldo según la Ley de Contrato de Trabajo.

El artículo 130 de la Ley de Contrato de Trabajo permite anticipar hasta el 50% de la remuneración mensual, sin que el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) funcione como límite adicional. La interpretación mayoritaria entiende que el tope del 50% se calcula sobre el sueldo bruto, ya que el neto depende de retenciones posteriores. No obstante, parte de la doctrina sugiere verificar que el anticipo no supere la mitad aproximada del neto, en resguardo de la intangibilidad salarial. Los anticipos deben documentarse en recibos formales, registrarse en el Libro de Sueldos, abonarse por medios habilitados y descontarse de la liquidación final del período, asegurando así la trazabilidad y correcta imputación.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 74015/2025 15/09/2025

Adelantos de sueldo: aplicación de topes y su relación con el límite para las deducciones según los artículos 130 y 133 LCT.

El artículo 130 de la Ley de Contrato de Trabajo regula los adelantos de remuneraciones, permitiendo anticipar hasta el 50% del sueldo del período (y excepcionalmente más, ante casos graves). En cambio, el artículo 133 establece el límite general del 20% para deducciones, retenciones o compensaciones sobre haberes ya devengados, como garantía de intangibilidad salarial. La propia redacción del art. 133 (“salvo lo dispuesto en el artículo 130”) aclara que su tope no aplica a adelantos de sueldos. En consecuencia, al otorgar anticipos, corresponde aplicar el art. 130 directamente, sin superponer el límite del 20% del art. 133.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 74009/2025 15/09/2025

Exclusión de trabajadores de convenio colectivo: requisitos legales, personal alcanzado y riesgos laborales.

La exclusión de un trabajador de un convenio colectivo no puede basarse únicamente en su consentimiento, ya que el encuadramiento está determinado por el ámbito personal de aplicación del CCT y por las tareas efectivamente desarrolladas, tratándose de normas de orden público. Solo pueden quedar fuera de convenio los empleados jerárquicos o de conducción (jefes, gerentes, directores) o aquellos expresamente exceptuados por el CCT.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73942/2025 11/09/2025

Actualización de jurisdicción laboral en el Libro de Sueldos Digital al trasladar el domicilio de explotación.

El rechazo en la presentación del Libro de Sueldos Digital ocurre porque en el Sistema Registral – Jurisdicción Laboral sigue figurando la provincia original como activa, aunque el domicilio de explotación ya esté declarado en CABA. Para corregirlo, debe ingresarse con clave fiscal al servicio “Simplificación Registral” → “Jurisdicción Controlador Doc. Laboral”.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73937/2025 11/09/2025

Liquidación final de trabajadores agrarios: inclusión de gratificación anual y criterios para indemnizaciones.

En el régimen de la Ley 26.727, la indemnización por antigüedad sigue las pautas de la LCT pero con un piso mínimo de dos sueldos (art. 22). Una gratificación anual voluntaria de carácter remuneratorio debe incorporarse a la base indemnizatoria cuando se abona en forma reiterada, ya que adquiere el carácter de habitual y regular; la forma de hacerlo es prorrateando su importe en doceavos. Para la indemnización por antigüedad se aplica la mejor remuneración mensual normal y habitual de los últimos 12 meses, incluyendo el prorrateo de la gratificación. En cambio, para la indemnización sustitutiva del preaviso, corresponde calcularla sobre un promedio representativo de las remuneraciones normales y habituales, a fin de reflejar lo que el trabajador hubiera percibido en ese período.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73858/2025 08/09/2025

Incidencia de la licencia por enfermedad inculpable en el cálculo del aguinaldo.

Los días en que el trabajador se encuentra de licencia por enfermedad inculpable se computan para el cálculo del sueldo anual complementario (SAC). Esto se debe a que, conforme al artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo, durante la licencia el empleado mantiene su remuneración habitual, lo que equivale a tiempo efectivamente trabajado a los fines del cálculo del aguinaldo.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73852/2025 08/09/2025

Emisión de certificados del art. 80 LCT cuando el empleador ya dio la baja en el Sistema Registral.

Al solicitar la baja como empleador en el Sistema Registral, queda inhabilitado el acceso al servicio “Simplificación Registral – Empleadores”, lo que impide generar los certificados del art. 80 de la Ley 20.744. Según la RG (AFIP) 2322/2007 y las consultas frecuentes publicadas por ARCA, una vez producida la baja definitiva, la única alternativa práctica para emitir los certificados pendientes es reingresar al servicio de simplificación registral y volver a cargar la fecha de inicio como empleador, sin dar de alta nuevamente el impuesto “301 – Reg. Seg. Social Empleador”, de modo de habilitar el sistema sin generar obligaciones adicionales.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73771/2025 04/09/2025

Voluntad de permanencia en obra social bajo el nuevo régimen de derivación de aportes.

El trámite de “voluntad de permanencia en obra social” aplica únicamente a quienes contrataron un plan de medicina prepaga y desean mantener su cobertura en la obra social de origen, evitando la derivación automática de aportes a la prepaga según lo dispuesto por la Resolución 1/2025 y la Resolución 1608/2025. Quienes no poseen prepaga no deben realizar gestión alguna, ya que sus aportes continúan en la obra social declarada, aunque en la práctica no se haya concretado el alta.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73686/2025 02/09/2025

Empleadas de casas particulares: pago de la asignación por embarazo y maternidad en jornadas menores a 12 horas semanales.

Para trabajadoras de casas particulares con jornada menor a 12 horas semanales, tanto la Asignación por Embarazo como la Asignación por Maternidad son prestaciones a cargo exclusivo de ANSES, sin que el empleador deba abonar ninguna parte de estas sumas. Durante la licencia por maternidad (45 días antes y 45 después del parto, o 30 y 60 según la opción de la trabajadora), el empleador solo concede la licencia sin pagar salario, ya que la remuneración es reemplazada íntegramente por ANSES.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73490/2025 26/08/2025

Licencia por maternidad: plazo de duración, asignación ANSES y obligaciones del empleador.

La licencia por maternidad es de 90 días corridos (45 previos y 45 posteriores al parto, con posibilidad de acumular más días en el posparto), según el art. 177 LCT. Durante este período, la trabajadora percibe de la ANSES la Asignación por Maternidad equivalente a su remuneración bruta habitual, sin topes máximos, conforme a la Ley 24.714 y el Decreto 1245/96. En el Formulario 931 debe informarse la situación “Licencia por maternidad” (código 05), declarando en “Remuneración Maternidad” el sueldo que hubiera correspondido.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73416/2025 22/08/2025

Liquidación de sueldos: procedimiento y orden de prelación frente a múltiples embargos sobre un mismo trabajador.

El artículo 745 del Código Civil y Comercial establece que los embargos se cumplen en orden de prelación: primero debe atenderse el más antiguo hasta su cancelación, y solo luego aplicarse el siguiente. El empleador debe comunicar al juzgado que ordenó el embargo posterior la existencia de la medida anterior y la imposibilidad de retener en simultáneo, salvo que se trate de un embargo por alimentos, que tiene prioridad legal incluso si fue dispuesto con posterioridad.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73361/2025 20/08/2025

Implementación obligatoria del SITRADIB según cantidad de empleados y modalidad de rúbrica.

El SITRADIB comenzó en forma voluntaria el 1/9/2024. La Resolución 2481/2024 estableció un cronograma inicial que luego fue prorrogado por la Resolución 3159/2024. Con la prórroga, los plazos obligatorios de adecuación son: a partir del 1/3/2025 para empleadores con más de 100 trabajadores, desde el 1/4/2025 para quienes tengan entre 50 y 99, desde el 1/5/2025 para los que ocupen entre 10 y 49, y desde el 1/6/2025 para los que tengan menos de 10 empleados.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73273/2025 18/08/2025

Obligación de ingresar el componente previsional en el monotributo para administradores de SAS que perciben sueldos sin aportes.

Según el artículo 40 de la Ley 24.977, quienes adhieren al monotributo deben ingresar el componente previsional, salvo que se encuentren en alguno de los supuestos de excepción (trabajador en relación de dependencia con aportes, menores de 18 años, beneficiarios de regularización Ley 24.476 o afiliados obligatorios a caja profesional provincial). En el caso de un administrador de SAS que cobra honorarios sin generar aportes previsionales ni de obra social, no se configura ninguna de estas excepciones.

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Consulta 73126/2025 12/08/2025

Conceptos a incluir en la liquidación final por terminación de un contrato a plazo fijo.

En la finalización de un contrato de trabajo a plazo fijo por cumplimiento del término, no corresponde indemnización por antigüedad, pero sí deben abonarse los días trabajados del mes, la proporción del Sueldo Anual Complementario y las vacaciones no gozadas con su respectivo SAC, conforme a los artículos 93 a 95 de la Ley de Contrato de Trabajo.

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Consulta 73118/2025 12/08/2025

Libro de Sueldos Digital en sociedad que inicia actividad.

Una SAS que inicia actividades con un empleado debe presentar sus declaraciones juradas de cargas sociales a través del servicio “Declaración en línea” hasta recibir notificación formal de ARCA indicando la obligatoriedad de utilizar el Libro de Sueldos Digital (LSD). Conforme a la RG 5250/2022, el uso del LSD solo es obligatorio para los empleadores notificados o que opten voluntariamente por adherirse, previa aceptación y comunicación de la fecha de inicio mediante el domicilio fiscal electrónico.

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Consulta 73089/2025 11/08/2025

Unificación del Libro Especial de Sueldos para trabajadores del régimen general y agrarios.

La normativa vigente permite que una misma razón social lleve un único Libro Especial de Sueldos y Jornales que incluya tanto a trabajadores del régimen general como a los del régimen agrario, siempre que se cumplan los requisitos del artículo 52 de la Ley 20.744. La Ley 26.727 de Trabajo Agrario no establece la obligación de libros diferenciados, por lo que rige supletoriamente la LCT en materia de documentación laboral.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73087/2025 11/08/2025

Obligaciones impositivas y previsionales de socios y directivos de sociedades ante ARCA.

Las obligaciones impositivas y previsionales de socios de SRL y accionistas de SA varían según su participación y funciones. Quienes integran la administración (socios gerentes, presidentes o vicepresidentes) deben inscribirse en Ganancias, en IVA como exentos y como autónomos, además de tributar Bienes Personales si superan el mínimo no imponible. Los socios sin funciones ejecutivas ni prestación de servicios solo tributan Ganancias por utilidades y Bienes Personales si corresponde.

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Consulta 73044/2025 08/08/2025

Elección de obra social desde el inicio de la relación laboral distinta a la de su convenio colectivo.

Desde el Decreto 170/2024, un trabajador puede elegir libremente su obra social al iniciar una relación laboral, sin obligación de permanecer un año en la del convenio colectivo si no ejerció opción previa. Solo debe mantener 12 meses la obra social elegida, salvo que opte por una prepaga habilitada, y comunicar el cambio para derivar aportes en el F.931 tras tres meses.

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